Nuestro sistema de Seguridad Social, garantiza por ley unas cuantías mínimas para las pensiones de la modalidad contributiva. Así como los topes máximos que se pueden cobrar.
Estas cuantías mínimas están sujetas a determinados requisitos y variaciones, en función, por ejemplo, de que el pensionista haya cumplido una edad determinada, o el hecho de que tenga o no familiares a su cargo, todo ello siempre y cuando no supere el límite de ingresos establecido por ley.
En este artículo vamos a mostrarte cuáles son las cuantías mínimas para pensiones contributivas fijadas para el presente año 2021.
En primer lugar, has de saber que las pensiones que pertenecen a la modalidad contributiva dentro de la acción protectora del Régimen General y los Regímenes Especiales de la Seguridad Social son las siguientes:
Además, dentro de la acción protectora del Seguro obligatorio de vejez y de invalidez ( SOVI ) , se incluyen las pensiones de:
A continuación te mostramos las cuantías mínimas, mensuales y anuales, vigentes para 2021 para pensiones de Incapacidad Permanente, en los grados de Total, Absoluta, y Gran Invalidez, atendiendo a las variaciones por existencia o no de cónyuge a cargo, edad u origen de la incapacidad.
***Los importes mensuales -especificados en este y siguientes epígrafes- se perciben en 14 pagas. Por el contrario, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional la cifra anual de la tabla se ha de dividir en 12 pagas ya que las extras se encuentran prorrateadas.
A continuación te mostramos las cuantías mínimas, mensuales y anuales, vigentes para 2021 para pensiones de Jubilación (ya sea ordinaria o anticipada), atendiendo a las variaciones por existencia o no de cónyuge a cargo, edad del beneficiario o beneficiaria o causa de la jubilación.
A continuación te mostramos las cuantías mínimas, mensuales y anuales, vigentes para 2021 para pensiones de Viudedad, atendiendo a las variaciones por existencia de cargas familiares, discapacidad y edad del beneficiario o beneficiaria.
A continuación te mostramos las cuantías mínimas, mensuales y anuales, vigentes para 2021 para pensiones de Orfandad, atendiendo a las variaciones por número de beneficiarios, discapacidad y edad del beneficiario o beneficiaria.
A continuación te mostramos las cuantías mínimas, mensuales y anuales, vigentes para 2021 para pensiones en favor de familiares, atendiendo a las variaciones que pueden producirse por existencia o no de viuda o huérfanos pensionistas, edad y número de beneficiarios.
A continuación te mostramos las cuantías mínimas, mensuales y anuales, vigentes para 2021 para pensiones del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez), atendiendo a la variación en el caso de prestaciones concurrentes con otras pensiones.
En la 'Pensión Familiar distinta a la de Viudedad', y en el supuesto de que existan varios beneficiarios, queda garantizando que el mínimo por beneficiario será de 210,80 €/mes (o 414,70 €/mes si hay algún huérfano menor de 18 años y con una discapacidad del 65% o más).
A día de hoy, nuestro sistema de pensiones contempla una cuantía máxima que se puede percibir en concepto de pensión pública.
Así, para el año 2021 se establece una pensión máxima de 2.707,49 € mensuales (37.904,86 € anuales).
Debes recordar que en caso de que tu pensión no alcance estas cuantías mínimas establecidas legalmente, puedes solicitar que te sean complementadas hasta alcanzarlas.
Es lo que se conoce como complemento a mínimos. Para poder solicitarlo, tendrás que cumplir una serie de requisitos.
El límite de ingresos (incluida la pensión) para el reconocimiento del complemento a mínimos en 2021 es de:
Si quieres más información acerca del complemento a mínimos visita este otro artículo , donde podrás saber qué es, qué requisitos debes cumplir para solicitarlo y cómo se calcula.
Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, así como de Clases Pasivas del Estado, se incrementan en 2021 un 0,9% (tal como ocurrió en 2020).
Esta subida es ya efectiva y está reflejada en las cuantías que te hemos mostrado en las tablas incluidas en este artículo.
Mientras tanto, las pensiones no contributivas se incrementan el doble, es decir, un 1,8%. La cifra estipulada para 2021 es de 5.639,20 € anuales, aunque lo que final ingresa la Administración puede variar a la baja conforme a distintos factores.
En este sentido, esos 5.639,20 € no constituyen una pensión mínima, sino que esta sería de un 25% de dicho total, es decir, de 1.409,80 €.
Para el año 2021, además, se ha establecido un complemento para las pensiones no contributivas de 525 € anuales. Para tener acceso a él hay que acreditar que se carece de vivienda en propiedad y que la residencia habitual es alquilada -cuyo propietario no tenga relación de parentesco con el pensionista-.
El sistema de pensiones de nuestra Seguridad Social garantiza unas cuantías mínimas que los pensionistas de prestaciones en la modalidad contributiva deben percibir.
En este artículo hemos querido detallarte cuáles son esas cuantías para cada tipo de pensión contributiva, así como para las no contributivas.
Además, te hablamos del complemento a mínimos, el cual es imprescindible que conozcas si tu pensión no alcanza esas cuantías mínimas de las que te hablamos.
Si tienes alguna duda acerca del contenido de este artículo o quieres exponernos tu caso específico, no dudes en dejarnos un comentario.
Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.