Por Resolución ACC/220/2024, de 1 de febrero, publicada en el D.O.G.C. nº 9093, de 2 de febrero de 2023, del Director General de la Agencia Catalana del Agua (ACA) se ha declarado el estado de emergencia por sequía en Barcelona y prácticamente en toda su provincia.
Este anuncio supone la activación de la fase de emergencia contemplado en el Plan Especial de Sequía (PES), aprobado por Acuerdo GOV/1/2020, de 8 de enero (recientemente modificado por el Acuerdo GOV/18/2024, de 16 de enero).
De entre las medidas que se contemplan en esta situación, destaca la contemplada en el artículo 5.3.3 del PES, y que determina que, con carácter general, las personas titulares de aprovechamientos de agua deben reducir sus consumos en los siguientes porcentajes respecto de su consumo en situación de normalidad:
No cabe duda que dicha medida supone una afectación relevante, que puede incidir incluso en la validez de los títulos concesionales de aprovechamiento de agua de los que se disponga, y su incumplimiento puede comportar la extinción de los derechos así como la imposición de sanciones económicas
Esta indefinición, salvable de oficio o como consecuencia de un recurso (la declaración de Emergencia es recurrible en vía administrativa ante la misma Dirección General de la ACA), resulta extraordinariamente relevante para las industrias y establecimientos afectados, que -además- pueden incluso proponer planes individualizados de ahorro a la ACA.
Después en vía contencioso-administrativa, puede solicitarse no sólo su nulidad de la declaración de emergencia, sino también los daños y perjuicios que esta medida imprecisa haya generado realmente y con carácter efectivo en los procesos productivos de las instalaciones afectadas.
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