La culminación de un contrato laboral, la no renovación del mismo o un despido, son circunstancias que lamentablemente se vuelven cada vez más habituales. Por lo tanto, resulta fundamental conocer los procedimientos necesarios para enfrentar las gestiones asociadas a la finalización de una relación laboral.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en colaboración con los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, constituye el Sistema Nacional de Empleo. Este organismo se dedica de manera diligente a servir a la sociedad y tiene como principal enfoque contribuir al desarrollo de políticas de empleo, así como facilitar la inserción y permanencia de la población en el mercado laboral.
La prestación contributiva tiene como finalidad salvaguardar la situación de desempleo de aquellas personas que, teniendo la disposición y la voluntad de trabajar, pierden su empleo de manera temporal o definitiva, o ven reducida su jornada laboral de manera transitoria. Para poder acceder a esta prestación, además de cumplir con los requisitos que mencionaremos a continuación, es necesario haber cotizado previamente a la Seguridad Social.
Los requisitos que deben cumplirse para poder solicitar la prestación por desempleo son los siguientes. No obstante, siempre es recomendable consultar a un bufete de abogados en Barcelona con un departamento laboral especializado y con amplia experiencia para recibir asesoramiento adecuado:
Si ha trabajado durante más de un año, tendrá derecho a una prestación contributiva por desempleo que abarcará un período de 4 meses, y su duración aumentará según el tiempo cotizado, llegando a un máximo de 2 años. La extensión de esta prestación se determina en función de las cotizaciones por desempleo realizadas en los últimos 6 años previos a la situación de desempleo. El monto de la prestación se calcula en base a las cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias profesionales durante los últimos 180 días de empleo. Durante los primeros 180 días de la prestación, se recibirá el 70% de la base reguladora, mientras que a partir del día 181, este porcentaje se reducirá al 60%. Los montos máximos y mínimos se establecen de acuerdo con la situación personal del solicitante, oscilando entre 560 € y 1,225 € para quienes no tienen hijos y entre 749 € y 1,575 € para quienes tienen al menos un hijo.
Si ha trabajado menos de un año, se debe considerar la posibilidad de obtener un subsidio por desempleo, siempre que se carezca de ingresos o unidad familiar de convivencia. La duración de este subsidio variará según el número de meses cotizados y si tiene o no responsabilidades familiares. Para quienes tienen responsabilidades familiares, la duración será de 3, 4 o 5 meses, dependiendo de si han cotizado 3, 4 o 5 meses respectivamente. El subsidio se prolongará por 21 meses si se ha cotizado durante 6 meses o más. En este caso, el derecho se establece inicialmente por seis meses y puede prorrogarse por períodos de seis meses hasta alcanzar su duración máxima. Si no tiene responsabilidades familiares, el subsidio durará 6 meses si ha cotizado durante 6 meses o más, y el monto mensual será el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
No es necesario presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social para recibir la prestación por desempleo. Tampoco es necesario que el despido sea clasificado como procedente, improcedente o nulo mediante una resolución judicial. La notificación del empleador es suficiente para justificar la situación de desempleo y solicitar las prestaciones correspondientes. Sin embargo, esto no impide que usted tenga la opción de presentar una reclamación relacionada con el despido al mismo tiempo. Para hacerlo de manera efectiva, es recomendable buscar la asesoría de un bufete de abogados en Madrid que cuente con abogados especializados en derecho laboral. Esta podría ser la mejor opción para defender sus intereses como cliente.
Gemma Reinón
Socia - Directora