Si has sido llamado a una herencia junto a mas herederos y alguno ha dejado su cuota vacante por no querer o poder aceptar la herencia debes conocer el derecho de acrecer.
De ser este tu caso, tal vez te estés preguntando que ocurre con esa cuota vacante y a quien le pertenecerá.
Debes saber que no solo por ser coheredero podrás ejercer este derecho en la herencia y puede ser que tu parte no se vea incrementada por lo que debes estar bien informado.
A continuación voy a explicarte qué es el derecho de acrecer, cuando tiene lugar y quien puede ejercerlo entre otras cosas…
Cuando son llamadas varias personas a una herencia, la cuota que le corresponderá a cada una será fijada en función de cuantos son los que aceptan el llamamiento.
De manera que el derecho de acrecer se va a producir cuando alguna de las personas llamadas a la herencia no quiera o no pueda aceptar, resultando incrementado la cuota de los que si hayan aceptado la herencia.
Podemos decir entonces que el derecho de acrecer es el aumento de la cuota que le corresponde al heredero cuando otro coheredero no adquiere la herencia.
Quizás te estas preguntando cuando tiene lugar el acrecimiento…
El acrecimiento de la herencia va a tener lugar cuando no quiera o no pueda aceptar la herencia uno de los llamados a la herencia.
Facultando así el derecho de acrecer a aumentar las cuotas del resto de herederos en la porción hereditaria que se haya quedado vacante por no tener destinatario.
Esto puede ocurrir cuando el heredero renuncie a la herencia; si es incapaz para suceder o; en el caso de que muera antes que el testador.
Sin embargo, el testador puede haber establecido en su testamento como debe tener lugar el derecho de acrecer o que no se produzca este.
Una vez que ya sabes qué es, voy a contarte que requisitos deben concurrir para que puedas beneficiarte de este derecho….
Los distintos tipos de sucesión van a ser determinantes para poder establecer cuales son las causas por las que vas a poder beneficiarte del derecho de acrecer.
Las modalidades de sucesión son dos:
Como te venia diciendo los requisitos que deben darse cuando estamos antes una sucesión testamentaria te los digo ahora…
Para los supuestos en que haya testamento, para que el derecho de acrecer tenga lugar, se deberán cumplir los requisitos que establece el Código Civil.
Los requisitos que deberán darse en la sucesión testamentaria son los siguientes:
“Artículo 983 del Código Civil
Se entenderá hecha la designación por partes sólo en el caso de que el testador haya determinado expresamente una cuota para cada heredero.
La frase «por mitad o por partes iguales» u otras que, aunque designen parte alícuota, no fijan ésta numéricamente o por señales que hagan a cada uno dueño de un cuerpo de bienes separado, no excluyen el derecho de acrecer.”
“Artículo 982.
Para que en la sucesión testamentaria tenga lugar el derecho de acrecer, se requiere:1.º Que dos o más sean llamados a una misma herencia, o a una misma porción de ella, sin especial designación de partes.
2.º Que uno de los llamados muera antes que el testador, o que renuncie la herencia, o sea incapaz de recibirla.”
Quizás te estas preguntando cuales son los casos que deben darse para poder ejercer este derecho cuando no exista testamento …
Para los supuestos en que el causante no otorgó testamento:
Algunas de las principales características del derecho de acrecer son las siguientes:
Espero haberte resuelto tus dudas sobre el derecho de acrecer por si en la herencia a la que has sido llamado hay una cuota vacante.
Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con nuestros Abogados y Asesores expertos en herencias.
¡Por cierto!
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