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El Procurador de los Tribunales es un Licenciado en Derecho, especialista en Derecho Procesal, cuya función primordial es la representación de las personas ante los Tribunales. Como representante del litigante ante Juzgados y Tribunales tiene asignada la misión de actuar en nombre del ciudadano al que representa, ejercitando sus derechos, aportando sus pruebas o allanándose en su nombre, haciendo uso de todos los recursos que las leyes procesales determinen.

El Procurador actúa por designa del cliente, aunque su elección corresponde al abogado normalmente, que es quien ejerce la dirección técnica del asunto, siendo el procurador el representante del cliente.

Dentro de su marco estatutario, colabora con el sistema público de justicia sirviendo de conexión jurídico-formal entre los tribunales y los ciudadanos incursos en causas judiciales, garantizando el impulso del procedimiento en todas aquellas cuestiones de procedimiento que no sean de estricta defensa.

Su figura viene determinada por ley, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 23, establece que “La comparecencia en juicio será por medio de procurador legalmente habilitado para actuar en el tribunal que conozca del juicio “.

Y en su exposición de motivos dice: “La obligada representación mediante procurador y la imperativa asistencia de abogado se configuran en esta Ley sin variación sustancial respecto de las disposiciones anteriores. La experiencia avalada por unánimes informes en este punto garantiza el acierto de esta decisión”, así como “Pieza importante de este nuevo diseño son los Procuradores de los Tribunales, que por su condición de representantes de las partes y de profesionales con conocimientos técnicos sobre el proceso, están en condiciones de recibir notificaciones y llevar a cabo el traslado a la parte contraria de muchos escritos y documentos. Para la tramitación de los procesos sin dilaciones indebidas se confía también en los mismos Colegios de Procuradores para el eficaz funcionamiento de sus servicios de notificación, previstas ya en la Ley Orgánica del Poder Judicial “.

Funciones del Procurador de Tribunales

Las funciones principales que realiza un Procurador de los Tribunales son las siguientes:

  • Representación procesal de los litigantes ante los Juzgados y Tribunales.
  • Gestión poder, trato directo con el cliente con la finalidad de obtener la documentación necesaria para la tramitación del apoderamiento electrónico o acompañamiento al juzgado.
  • Solicitud provisión de fondos y/o factura, directamente con el cliente.
  • Gestión y pago de las tasas judiciales y los depósitos exigidos para la admisión de los distintos recursos.
  • Recepción y remisión de notificaciones.
  • Cómputo de plazos y vencimientos.
  • Presentación y elaboración de escritos.
  • Tramitación de oficios, mandamientos y exhortos por delegación del órgano judicial.
  • Publicación de edictos y anuncios oficiales en los Boletines Oficiales, periódicos, etc.
  • Diligencias de notificación, emplazamiento y citación a la parte contraria por encargo de nuestro cliente y delegación del Juzgado.
  • Realización de todas las gestiones necesarias para el buen desarrollo del proceso judicial.

Desde la Procuraduría Susana Aparicio Abella, damos seguimiento a todo el proceso, pendientes de los pasos a seguir e informado al abogado de cuanto acontece, así como al cliente, cuando así es acordado con este. En definitiva, ofrecemos la cobertura legal y procesal que se necesita frente a la Administración de Justicia. Contáctanos y colaboremos.

Fuente: Bravo Advocats

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