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Una de las medidas que incorpora el Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes para favorecer el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España, es la prórroga hasta el 1 de enero de 2023 de la normativa relativa a la jubilación parcial con simultánea celebración de contrato de relevo, cuyo plazo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2018.

¿Qué es el contrato de relevo?

Como ya comentamos en entradas anteriores, el contrato de relevo permite a las empresas sustituir a un trabajador que va a jubilarse de forma parcial por otro que se encuentre en situación de desempleo o con un contrato de duración determinada.


Para que un contrato de relevo sea válido son necesarios los siguientes requisitos:

  • El trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial debe realizar directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención.
  • El trabajador que solicite acogerse a la jubilación parcial debe acreditar un periodo de antigüedad en la empresa de 6 años, como mínimo, inmediatamente anteriores.
  • El porcentaje de trabajadores indefinidos en la plantilla de la empresa debe ser superior al 70 % del total de los trabajadores de la plantilla cuando se produzca el hecho causante de la jubilación parcial.
  • La reducción de la jornada de trabajo del jubilado parcial debe estar comprendida entre un mínimo de un 25 % y un máximo del 67 % o del 80 % para los supuestos en los que el trabajador relevista sea contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida.
  • Tiene que haber correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial.
  • Debe acreditarse un período de cotización de 33 años en la fecha del hecho causante de la jubilación parcial (25 años si es una persona con discapacidad y grado igual o superior al 33%).

¿Cuál es el objetivo de la norma?

Como señala el RD-Ley el objetivo es “impulsar la competitividad del sector industrial a través de acciones como la productividad laboral, la resolución del coste energético o el refuerzo de la seguridad industrial”. En este sentido, permite reducir hasta un máximo de cuatro años la edad, respecto a la edad legal de jubilación en cada momento, a la que un trabajador puede iniciar su jubilación parcial, incentivando al mismo tiempo la contratación.

Cabe decir que la ampliación del contrato de relevo promete garantizar una mayor estabilidad en el empleo juvenil, fortaleciendo la competitividad del sector, algo que que actualmente genera mayor número de empleos de calidad en el sistema económico español.

Fuente: GD legal - GD Asesoría

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