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De entre las iniciativas presentadas por la Comisión Europea en el marco de la creación de un Mercado Digital Único en 2016, la relativa a la regulación de las plataformas online ha adquirido especial protagonismo tras la publicación de una comunicación interna (pre-datada a 25 de mayo de 2016) que destaca los principales retos y beneficios que dicha regulación supondría para la Unión Europea, así como las principales cuestiones que debería de abordar.

El informe hace hincapié en el creciente peso adquirido por las plataformas online en la economía digital, entre otras razones, por su importante rol en la innovación y en el fomento de la participación ciudadana y la necesidad urgente de dotarlas de marco legislativo armonizado que promueva su creación y proporcione seguridad jurídica.

Asimismo, el informe clarifica que la regulación no ampararía cualquier tipo de plataforma online, sino aquellas que encajaran con la definición de “empresas capaces de facilitar la interacción directa entre usuarios a través de los sistemas online y que aprovechan las eficiencias basadas en los datos intercambiados por los efectos de red”, quedando, por tanto, excluidas de dicha regulación aquellas actividades online unidireccionales que no impliquen la interacción directa entre los usuarios (p.ej. Netflix, plataformas industriales, etc.).

Por otra parte, el informe reconoce que en la actualidad el mercado de plataformas online en la Unión Europea representa tan solo el 4% respecto del total mundial, siendo un mercado principalmente dominado por Estados Unidos y Asia. En ese sentido, resulta imprescindible que la eventual regulación del sector incentive la creación de plataformas competitivas especialmente en sectores estratégicos tales como la salud, el sector de los vehículos automatizados o las redes de ciudades inteligentes.

Finalmente, el informe anticipa que los principios rectores de la regulación serán la igualdad de condiciones para los servicios comparables, la garantía de comportamientos responsables (por ejemplo, en materia de derechos de propiedad intelectual), la transparencia (respecto a cuestiones de protección de datos), y la no discriminación (respecto a los obstáculos que limiten la libre competencia).

A pesar de lo anterior, todo apunta -y así lo están destacando algunos medios de comunicación- a que la regulación no estará extensa de polémica en torno a determinadas cuestiones relacionadas con el alcance de dicha futura regulación dada la complejidad de este mercado, la dificultad de delimitar un marco que encaje en todos los supuestos y el elevado número de factores que la misma deberá de abordar.

Autores: Claudia Morgado y Jorge Monclús