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La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en la sentencia del caso Delfi AS v. Estonia de 16 de junio de 2015, confirma que los portales de noticias de internet pueden ser responsables por los comentarios difamatorios o que incitan al odio publicados por los lectores.

Esta sentencia tiene una enorme relevancia por los siguientes motivos:

  • Es el primer caso del TEDH donde se analiza la posible vulneración de la libertad de expresión y el derecho a comunicar información (art. 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos) de los portales de noticias de internet por imputarles la responsabilidad derivada de los comentarios de los lectores.
  • La Gran Sala avala la sentencia del Tribunal Supremo de Estonia que imputaba al portal de noticias Delfi la responsabilidad por los comentarios de los lectores y le negaba el régimen de exclusión de responsabilidad de la Directiva del Comercio Electrónico (Directiva 2000/31/EC) previsto para los intermediarios. El Tribunal Supremo estonio concluyó que si bien Delfi no había sido el autor real de los comentarios, ello no significaba que no tuviera control sobre el entorno en el que se efectuaron. Considera que su intervención había ido más allá de la de un proveedor de servicio pasivo y puramente técnico, por lo que no podía ser calificado de intermediario.

El régimen de exclusión de responsabilidad previsto en la Directiva de Comercio Electrónico para los intermediarios de servicios de la sociedad de la información significa que éstos sólo serán responsables de los contenidos alojados por terceros cuando, habiendo tenido conocimiento efectivo de la ilicitud del contenido alojado, no hubiesen actuado con prontitud para retirarlo o impedir el acceso al mismo. El conocimiento efectivo exige una orden de un órgano competente que declare la ilicitud de un contenido o una notificación del titular de los derechos cuando el contenido sea manifiestamente ilícito y siempre que identifique los contenidos infractores correctamente. De lo contrario, se estaría imponiendo a los intermediarios una obligación de control de los contenidos prohibida por el artículo 15 de la mencionada Directiva.

  • La consecuencia práctica es que se impone a los portales de noticias la culpa in vigilando. Es decir, los portales de noticias pueden llegar a ser responsables de los comentarios de los lectores aunque no hayan recibido una reclamación previa de retirada.
  • El hecho de que Delfi tuviera un sistema de detección y retirada de contenidos, así como un sistema automático de eliminación de comentarios de contenido difamatorio u obsceno, no le eximió de responsabilidad. Tampoco el hecho de que el portal dispusiera de unas políticas de comentarios donde se indicaba expresamente que no modera o edita los contenidos y que los autores de los comentarios son los únicos responsables de los mismos.
  • Un aspecto relevante para la conclusión del TEDH es que Delfi permitía que los lectores hicieran comentarios sin registrar sus nombres y las medidas para determinar su identidad no eran seguras. Delfi tampoco había implementado ningún mecanismo para identificar a los autores de los comentarios que permitiera a las posibles víctimas de discursos de odio su denuncia. Además, los autores reales de los comentarios no podían modificarlos o suprimirlos una vez que estos se publicaban, sólo Delfi contaba con los medios técnicos para hacerlo. También se tuvo en cuenta que los comentarios de los lectores eran gravemente ofensivos y fueron publicados como reacción a un artículo editado por Delfi.

 

Conclusión

Los portales de noticias de internet tienen que extremar la diligencia con respecto a los comentarios que publican los lectores, ya que pueden ser responsables directos de los mismos.

Medidas adoptadas por algunos medios digitales, como impedir que los autores de los comentarios puedan retirarlos o modificarlos o permitir que los lectores hagan comentarios sin registrar sus nombres, pueden tener consecuencias legales negativas.

El TEDH ha matizado que este caso no se aplica a otros foros de internet, como podrían ser las redes sociales, sin embargo, sus conclusiones podrían ser extrapolables a los periódicos digitales.

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Departamento de Telecomunicaciones & Media de Garrigues