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Entre las novedades procesales destacamos las siguientes:
Citaciones electrónicas: Las empresas recibirán citaciones electrónicas, con atención especial al Tablón Edictal Judicial Único si no se accede al contenido en tres días.
Prioridad telemática: Las vistas judiciales, interrogatorios y declaraciones de testigos se realizarán
preferentemente de manera telemática, facilitando el acceso desde cualquier municipio.
Modificaciones en juicio verbal: Se amplía la cuantía del juicio verbal y se incluyen acciones individuales por condiciones generales de contratación, reclamaciones de comunidades de propietarios y acciones de división de la cosa común.
Procedimiento testigo: Se introduce este mecanismo para agilizar acciones individuales relativas a condiciones generales de contratación, permitiendo su tramitación preferente y la suspensión de otros procedimientos.
Ejecución provisional de sentencia: Se establece que las costas no serán a cargo del ejecutado si cumple con lo dispuesto en el auto de ejecución dentro de los 20 días siguientes a su notificación.
Modificaciones en costas de recurso de apelación: El recurrente que vea estimado su recurso podrá beneficiarse de las costas, incluso si ganó en primera instancia.


Las medidas de eficiencia digital están en vigor desde el 9 de enero, mientras que las de eficiencia procesal entrarán en acción el 20 de marzo, aplicándose sólo a procedimientos judiciales posteriores al 21 de diciembre de 2023.

Fuente: BDO Abogados y Asesores Tributarios

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