Cuando una persona ha fallecido, encontrar al heredero que ha desaparecido puede llegar a ser complicado.
Sobre todo, cuando el fallecido no ha hecho testamento, ya que no ha expresado de forma clara quienes son los llamados a la herencia.
Pero, aunque haya dejado testamento, también se puede complicar la búsqueda de estos.
Ya sea porque no conoces a las personas que el fallecido a designado como herederos, ya sea porque no has tenido relación con ellos o, simplemente, viven a miles de kilómetros.
Esta situación puede ser un gran problema, ya que va a producir que la herencia se retrase en el tiempo y con ello, posibles recargos y sanciones de Hacienda por no presentar los impuestos dentro del plazo establecido por la Ley.
Darle solución a esta situación es posible mediante los procesos que estable la Ley para adjudicar la herencia.
Seguramente te estés preguntando:
Si estas ante una herencia con un heredero desaparecido, contacta con nuestro equipo de Abogados expertos en Herencias, ellos te ayudarán a resolver tus problemas.
El fallecido puede determinar a los herederos a través de un testamento o, para el caso de que no exista testamento, será la Ley la que determine quienes son.
Como ya te hemos explicado en nuestro artículo Aceptación o renuncia a la Herencia, para que una persona pueda adquirir una herencia, todos los herederos deben aceptarla.
El hecho de que la persona haya fallecido (causante) no produce automáticamente la adquisición de sus bienes.
Los herederos pueden aceptar la herencia de forma individual.
Pero para dividir y adjudicar la herencia, el Código Civil establece que los herederos deben dar su consentimiento de forma conjunta.
Por tanto, en caso de que haya uno o varios herederos desaparecidos, no se podrá dividir la herencia.
Entonces, si no consigo encontrar a un heredero….
Cuando un heredero esté en paradero desconocido, a petición de los herederos que no tengan relación de parentesco, podrán solicitar que:
Vayan al juzgado del domicilio de la persona desaparecida y pidan la declaración de ausencia legal.
El heredero que no pueda ser localizado se considera que está en situación de ausencia legal:
Con esto vamos a conseguir que se nombre a una persona representante del heredero desaparecido, para que actúe representando sus intereses y pueda aceptarse y dividirse la herencia.
Los representantes del heredero desconocido o desaparecido serán:
Llegado a este punto, seguro te estarás preguntan, pero ¿qué pasa si nunca se encuentra al heredero desaparecido?
En estos casos llegamos a la conocida como declaración de fallecimiento.
Con la declaración de fallecimiento se fija judicialmente la fecha estimada de fallecimiento de una persona.
A través de esta declaración, los familiares del desaparecido podrán ejercer los derechos que nacen tras la muerte de este, como:
Esto no quiere decir que haya fallecido, pero la Ley establece esta presunción de fallecimiento hasta que no se tenga conocimiento de su defunción.
Por ello, si se volviese a tener conocimiento del desaparecido, este puede recuperar sus bienes o su valor en dinero, no pudiendo recuperar sus frutos o rentas que hubiesen producido.
Para que se conceda dicha declaración de fallecimiento tiene que pasar un tiempo determinado.
Para que el heredero desaparecido se declare fallecido debe transcurrir:
La declaración de fallecimiento del desaparecido tiene los siguientes efectos:
Pero, puede ocurrir que el heredero desconocido y ausente vuelva a aparecer…
Cuando estamos en esta situación puede ocurrir dos cosas:
La aceptación de la herencia puede ser:
Ejemplo: utilizar bienes (coche, vivienda, etc.) del fallecido como si fuesen suyos o pagar impuestos relacionados con la herencia.
Ahora bien, la renuncia o repudiación de la herencia sí debe realizarse de forma expresa, no siendo posible la renuncia tácita.
Cuando no se da ni la aceptación ni la renuncia, la herencia está en una fase provisional que se denomina “herencia yacente”.
Esta situación es muy común cuando uno o varios de los herederos han desaparecido o se niegan a aceptar o renunciar a la herencia.
Antes de llegar a otras vías, la mejor solución es intentar llegar a un acuerdo con los herederos que no quiere aceptar la herencia.
Mediante el diálogo se puede acordar la forma de repartirse la herencia sin necesidad de incrementar los gastos.
Esto es posible con un buen asesoramiento de un profesional que acerque las posturas de ambas partes.
Si esta opción no fuese posible, el Código Civil recoge otros medios para forzar al heredero a aceptar:
Esta opción se realiza mediante el Notario, que se trasladará hasta el domicilio del heredero que no quiere aceptar la herencia y le requerirá para que acepte o renuncie la herencia.
El heredero requerido tiene un plazo de 30 días para responder si acepta o renuncia a la herencia.
Pasados los 30 días sin contestar, se entiende que ha aceptado pura y simplemente, es decir, aceptando los bienes y las deudas.
Sobre este tema ya hemos hablado con mayor profundidad en nuestro artículo sobre qué hacer si un heredero no quiere firmar la herencia.
Con el mecanismo anterior se consigue que el heredero acepte la herencia, pero puede negarse a repartirla, siendo este un requisito necesario para adquirir la titularidad de los bienes.
Si se da esta situación, el resto de los herederos que formen la mitad de la masa hereditaria pueden pedir al Notario el nombramiento del llamado contador-partidor.
El contador partidor procederá a:
Para el caso de que los herederos no lleguen al 50% de la masa hereditaria para solicitar al contador-partidor ante Notario…
Deberán acudir a los Juzgados para que divida y adjudique la herencia.
Este procedimiento es mucho más largo y caro.
Si estás leyendo este artículo, probablemente estés en unos de estos supuestos de herencia bloqueada.
Nuestra recomendación es que contactes con expertos en esta materia, para no acabar cometiendo errores.
Nuestro equipo de Abogados expertos en herencias, puede ayudarte en este proceso.
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