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Cada vez las empresas están más controladas y, en consecuencia, más obligadas a mantener un cumplimiento normativo y un comportamiento escrupuloso en todos sus procesos; prevención de riesgos laborales, medidas medioambientales, prevención de blanqueo de capitales, erradicación de la corrupción entre particulares y con las administraciones públicas, protección de datos. Todas esas exigencias las llevan a la creciente necesidad de dotarse de una prevención de riesgos penales.

En efecto, el Artículo 31 bis del Código Penal extiende la responsabilidad de ciertos delitos a la empresa en la que se hubiere cometido (y, en consecuencia, a su administrador o Consejo de Administración), si ésta no ha tomado todas las medidas a su alcance para evitarlo. Y las empresas de mayor volumen ya hace tiempo que han tomado medidas al respecto dotándose de un Manual de Prevención de Delitos. ¿Y las pequeñas? ¿Acaso estarían exentas de esa obligación?

Nada más lejos de la realidad. Todas las empresas, cada una a su nivel y con normas adaptadas a su actividad y a sus características y riesgos concretos, deberán dotarse de ese Manuel de Prevención de Delitos en algún momento.

Pero empecemos por el principio: ese Manual ha de ser implantado y respetado -no puede quedar en papel mojado, porque entonces no sirve de nada-, por lo que la empresa ha de dotarse de Normas de Buen Gobierno, a través de un Código Ético del que partir, para que se entienda que está concienciada de la necesidad de mantener un comportamiento correcto y limpio en el mercado.

Cada vez en mayor medida se le exigirá que lo tenga, para poder relacionarse comercialmente con otras empresas. Y deberá hacerlo de forma clara transparente y visible, porque también el consumidor está cada vez más sensibilizado en estas cuestiones y poco a poco empieza a estar dispuesto a pagar más, si las empresas comparten valores éticos, si son socialmente responsables, si tienen políticas a favor del medio ambiente…

Por lo tanto, un Código Ético genera valor empresarial; tanto por el impacto que causa en irradiar esta filosofía, como porque el mercado se lo acabará exigiendo (muchas empresas ya tienen implantado, en sus Códigos Éticos, no trabajar con quien no lo tenga). Muchos inversores, incluso, valoran especialmente que las empresas en la que inviertan participen de una filosofía empresarial inequívocamente ética, de modo que sus productos o servicios sean acordes con un comercio justo y un mundo solidario y sostenible.

Estamos convencidos que ello no sólo influye en una buena marcha legal de la empresa, con un mayor control que evita desvíos y sorpresas, sino también en el prestigio y la proyección futura de la empresa.

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Juan NúñezAbogado