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La ley define las circunstancias y el procedimiento por los que una empresa puede despedir a un trabajador antes de la extinción del contrato. Estas definiciones legales caracterizan a los despidos procedentes. Con estas especificaciones, la ley se propone proteger al trabajador y evitar que las empresas abusen de este mecanismo y eviten las indemnizaciones.

En el Estatuto de los Trabajadores se establecen causas objetivas que legitiman una extinción anticipada del contrato mediante un despido. Se trata de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Asimismo, los desajustes en el comportamiento del trabajador se consideran legalmente válidos.

En todos los casos, la forma en que se realiza el despido debe ajustarse a ciertas normas: comunicación por carta en la que consten los motivos con anticipación de 15 días y justificación del despido. Esta carta de despido es fundamental si el trabajador inicia acciones para impugnar el despido por improcedente.

Cuando la causa del despido no es procedente o no se cumplen los requisitos formales, se puede considerar improcedente. Y, por tanto, el trabajador tiene derecho a reclamar.

¿Cómo se da cuenta el trabajador que el despido es improcedente?

Es necesario analizar la situación y las circunstancias del despido. Un despido improcedente puede estar disfrazado para que parezca procedente. De esta forma, la empresa no pagará indemnizaciones. En cualquier caso, siempre la mejor opción es solicitar los servicios de un abogado laboralista especialista en la materia.

La ley considera que un despido es improcedente cuando:

  • Las razones del despido que la empresa expone en la carta de notificación no son las que caracterizan a un despido objetivo previsto en el Estatuto de los Trabajadores. Estas causas son deterioro económico de la empresa, modificaciones técnicas, organizativas o de producción.
  • No existen motivos disciplinarios que justifiquen el despido. La empresa debe tener pruebas de comportamiento inadecuado para argumentar estas razones.
  • Obedece a discriminación de cualquier tipo.
  • Vulnera derechos, por ejemplo, maternidad y adaptación de la vida familiar a la laboral, representación de trabajadores, libertades públicas.

Suele ocurrir que, en estos casos de despido improcedente, el trabajador perciba desde tiempo antes que la empresa tiene intenciones de despedirlo. Es frecuente que tenga indicios varios antes de que se produzca la comunicación. En este caso, deberá estar alerta y preparado para iniciar gestiones de impugnación.

Somos abogados especialistas en despidos improcedentes

¿Cómo actuar ante un despido improcedente?

Ante un despido es improcedente, el trabajador tiene dos opciones:

1. Aceptar el despido y pasar a condición de desempleo

El trabajador no quiere impugnar y acepta la decisión de la empresa. En este caso, firmará la comunicación. Dispone de 15 días para presentar su solicitud de indemnización por desempleo en el Servicio Público de Empleo Estatal.

2. Rechazar el despido y presentar la reclamación

Para ello:

  • Escribirá claramente «no conforme» en el documento de notificación, antes de la firma.
  • Firmará la notificación.
  • Es muy importante dejar constancia de la fecha de la comunicación formal, ya que a partir de esa fecha comenzarán a correr los plazos.
  • No debe aceptar pagos sin estar seguro de si le corresponden legalmente.
  • Intentará obtener copias de todo documento que esté vinculado con el despido.
  • Por último, iniciará el trámite legal para la impugnación del despido.

Reclamación legal por despido improcedente

Antes de la demanda judicial, la ley obliga a participar en una instancia en la que se intentará el acuerdo con la empresa. Los pasos para realizar la reclamación son:

1. Solicitar la instancia de conciliación

La papeleta de conciliación se presenta por medios electrónicos o en forma presencial ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC), dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

2. Audiencia de Conciliación

El SMAC citará a trabajador y representante de la empresa a una audiencia para intentar acuerdos. Como consecuencia de la audiencia se emite un acta de conciliación. Pueden surgir tres resultados:

  • Empresario y trabajador llegan a acuerdos, que tienen validez legal.
  • Las partes no se ponen de acuerdo.
  • El empresario no se presenta a la conciliación. Se considera conciliación sin efecto.

3. Presentación de la demanda legal

Cuando no se llega a acuerdo o si el representante de la empresa no se presenta en la audiencia de conciliación, el trabajador puede interponer la demanda judicial. El trámite se inicia en el Juzgado de lo Social.

En esta instancia, el Juez evaluará la situación y dictará sentencia en la que se determinará si el despido es improcedente. Si la resolución judicial determina que es improcedente, la empresa puede optar entre readmitir al trabajador o pagarle una indemnización.

En caso de que la sentencia resulte a favor de la empresa, el trabajador pasará a condición de desempleo.

Preguntas y respuestas sobre el despido improcedente

¿Cuál es el plazo para iniciar los trámites de reclamación por despido improcedente?

El trabajador dispone de 20 días hábiles para presentar su impugnación ante el despido.

¿Cuánto se cobra de indemnización por un despido improcedente?

Si el contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el trabajador tiene derecho a cobrar 45 días de salario por año trabajado, con un límite de 41 meses. Desde el 12 de febrero en adelante, la indemnización corresponde a 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.

¿Tributa la indemnización por despido improcedente?

La indemnización por despido debe declararse, pues está sujeta a IRPF.