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La Disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social prevé que de forma transitoria y hasta 2027, se aumente anualmente la edad de jubilación y las bases de cotización requeridas para el acceso a la pensión de jubilación.

En concreto para 2021, aquellos trabajadores interesados en el acceso a la pensión de jubilación a los 65 años deberán acreditar un periodo mínimo cotizado de 37 años y 3 meses. En caso contrario, el acceso a la jubilación ordinaria exigirá la acreditación de 66 años.

En cuanto a las novedades referentes al cálculo del importe de la pensión de jubilación, que recordemos requiere dos pasos, consistentes en:

Determinar la base reguladora

A partir de 1 de enero de 2021, y en virtud de lo dispuesto en la Disposición transitoria octava de la Ley General de la Seguridad Social, la base reguladora de la pensión de jubilación será el resultado de dividir por 336 las bases de cotización durante los últimos 24 años (288 meses) inmediatamente anteriores al mes previo a la edad de jubilación.

Cálculo del porcentaje de base reguladora

En base a lo previsto en el artículo 210 y en la Disposición transitoria novena de la Ley General de la Seguridad Social:-

  • Por los primeros 15 años cotizados se aplica un porcentaje 50% de la base reguladora.
  • Y como novedad en 2021, a partir del decimosexto año cotizado, el porcentaje se incrementa por los primeros 106 meses en un 0,21% por cada mes, y por los 146 meses siguientes se suma un 0,19% por cada mes adicional.

En consecuencia, para poder acceder a la pensión de jubilarse en 2021 con el 100% de la base reguladora, se requiere haber cotizado 36 años (15 años + 106 meses + 146 meses).

Jubilación Parcial

Como último punto, interesa destacar el cambio en los requisitos de acceso para jubilación parcial, conforme el cual aquellos trabajadores interesados en el acceso a la pensión de jubilación parcial a los 62 años deberán acreditar un periodo mínimo cotizado de 35 años y 3 meses, o bien una edad de 63 años de contar con un periodo cotizado igual o superior a 33 años cotizados.

En cuanto a la base de cotización, conforme a la aplicación transitoria de la Disposición transitoria décima de la Ley General de la Seguridad Social, en 2021 se aplicará el 90% sobre la base de cotización a jornada completa.

Desde el departamento Jurídico Laboral de AddVANTE quedamos a su disposición para ampliar esta información o resolver cualquier duda que pudiera surgir relacionada con este artículo.

Moisés Álvarez