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Tras la declaración del estado de alarma a causa de la crisis sanitaria producida por el COVID-19, numerosos comercios y profesionales autónomos han visto su actividad laboral paralizada.

Ante tal situación, de carácter extraordinario y urgente, se han anunciado ayudas y prestaciones por parte del Gobierno central y autonómicos para tratar de mitigar el sufrimiento económico.

En este sentido, en Catalunya, se ha aprobado una línea de financiación “ ICF-AVALIS LIQUIDEZ”-En concreto, se aprueba la concesión de créditos a PYMES y autónomos que se han visto afectados por la crisis sanitaria. Los préstamos se deberán formalizar a través de las diferentes entidades financieras adheridas al convenio, y contarán con el aval del 80% de ICF (Institut Català de Finances) o la empresaAVALIS Catalunya.

Las empresas que lo soliciten, podrán obtener los créditos por importes de entre 50.000 € y 2,5 millones de euros, a un periodo máximo de 4 años con hasta 1 año de carencia incluido. Además, por parte de las entidades financieras, se podrá aplicar una limitación del interés a EURIBOR a 12 meses más un diferencial del 2,5%, y cobro de una comisión de Administración de riesgo del 1% sobre el importe del aval formalizado, sin comisión de apertura ni de estudio.

En total, a partir de esta línea de financiación se prevé formalizar alrededor de 1.000 millones de euros, siendo posible financiar a más de 4.000 autónomos y empresas afectadas por el estado de alarma sanitaria.

Con la concesión de estos préstamos, las empresas que se vean más afectadas por el COVID-19 podrán sufragar aquellos gastos que igualmente se generan con independencia de que su actividad se haya visto reducida o suprimida.

Asimismo, para los autónomos, se ha elaborado la PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, aprueba que a dicha prestación podrá optar cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el RETA afectado por el cierre de negocios ante la declaración del Estado de alarma o cuya facturación este mes se vea reducida en un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior. Para solicitarla, no se requiere ningún periodo mínimo de cotización, únicamente es requisito estar dado de alta en el RETA y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales.

Los autónomos que tengan trabajadores a su cargo podrán solicitar la prestación extraordinaria siempre que hayan presentado un ERTE para sus trabajadores.

La prestación consiste no solo en cobrar la ayuda económica, sino que suspende el pago de las cotizaciones y, además, se tendrá por cotizado al solicitante, en cualquier caso, se cobrará el equivalente al 70% de la base reguladora.

La duración de la ayuda económica es de un mes prorrogable hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma.

En relación con las PYMES, el Gobierno central ha elaborado algunas medidas para frenar los efectos del COVID-19.

Los plazos de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y los plazos de presentación de las declaraciones informativas no se ven afectados por la suspensión de plazos regulados en el Real Decreto-ley 8/2020. Así se establece en el apartado 6 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, incorporado a dicha disposición adicional por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.


No obstante, a estos efectos se recuerda que se han adoptado medidas de flexibilización de aplazamientos. Es decir, Hacienda permitirá que PYMES y autónomos aplacen el pago de impuestos como el IRPF, IVA o Impuesto de Sociedades. Dicho aplazamiento se concederá por un plazo de seis meses sin devengar intereses de demora los tres primeros. Para optar al aplazamiento de impuesto, es necesario que el volumen de negocio NO haya excedido de los 6,010 millones de euros en el año 2019.

Desde BUFETE MARIN FONSECA nos hacemos eco con el fin de asesorar a nuestros clientes de la mejor manera posible y poniéndoles al corriente de las últimas novedades legislativas. No dude en ponerse en contacto con nosotros si quiere tramitar cualquier gestión al respecto.

Fuente: Bufete Marín Fonseca

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