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Realizar este trámite antes del próximo día 31 de octubrede 2019 es importante a los efectos de que los ciudadanos británicos residentes en España puedan mantener los mismos derechos como ciudadanos comunitarios que tenían antes de la retirada del Reino Unido de la UE.

Sin la correspondiente documentación,los interesados perderán sus beneficios como ciudadanos de la UE y deberán tramitar su residencia en España como ciudadanos no comunitarios.

El Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo, adopta medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea,sin que se haya alcanzado el acuerdo de retirada previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. Estos beneficios están destinados a:

•Ciudadanos nacionales del Reino Unidoresidentes en España.

•Ciudadanos nacionales de terceros países que reúnan la condición de familiares de un nacional del Reino Unidoresidenteen España.

Ante la proximidad de la fecha de salida del Reino Unido de la Unión Europea, estamos a su disposición en caso que desee llevar a caboeste u otros trámites derivados.

Fuente: RCD Rousaud Costas Duran

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