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Como bien sabemos, nos encontramos ante la última semana para poder regularizar nuestra situación, es decir presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a la Agencia Tributaria, en plazo voluntario.

Una vez finalizado el periodo, que se ha establecido hasta el 30 de junio, los contribuyentes que aún no hayan presentado la declaración podrán hacerlo pero deberán abonar un recargo que oscila entre el 5% y el 20%.

¿Cómo se fija el recargo?

A priori debemos esclarecer que, la declaración debe ser a pagar. En el primer caso, nos encontramos con una presentación realizada dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo, que tendrá un recargo del 5% del total.

En el segundo supuesto, nos encontramos en el segundo periodo temporal en el que se realiza la presentación, es decir entre los tres y los seis meses posteriores, en el que el recargo será del 10% del total.

Ya adentrándonos en el tercer supuesto, es decir la presentación realizada entre los seis y los doce meses una vez ha vencido el plazo, nos encontramos con un recargo del 15% del total.

Por último lugar, a partir de los doce meses se deberá abonar un recargo del 20% más los intereses de demora que se calcularan a partir de los doce meses hasta el día en el que se presente la declaración.

¿Y si la Agencia Tributaria me notifica mi obligación de realizar la declaración?

En este caso concreto, al recibir una notificación de la AEAT en el que se obliga al contribuyente a realizar la declaración, deberán abonar intereses de demora desde la finalización del plazo voluntario.

No debemos olvidar que, al tratarse de una infracción tributaria, deben abonar entre un 50% y el 150% del total a pagar.

Y ya para finalizar pero no por ello menos importante destacar que, si la declaración resultara a devolver y no se ha presentado la declaración en plazo, no se extingue el derecho a la devolución.

En caso de estar interesado en recibir mayor información al respecto puede consultar con nuestro equipo de abogados de Viola Pérez, especializado en Derecho Tributario. ¡Estaremos encantados de ayudarle!

Fuente: Viola Pérez Abogados Fiscalistas

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