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Las cláusulas de arrastre o cláusulas de drag along son aquellas que permiten exigir a los socios minoritarios la transmisión de sus participaciones, junto con las del resto de socios, cuando exista una oferta de un tercero que pretende adquirir una parte considerable del capital social o incluso todo el capital de la compañía. Este tipo de cláusulas tienen como finalidad hacer valer la postura del socio mayoritario y evitar que los socios minoritarios frustren la transacción.


¿cómo se puede combinar en el drag along el interés del mayoritario frente a la protección de los minoritarios?

La DGRN ha determinado qué cuestiones debe recoger la cláusula de arrastre para que ésta se admita en los estatutos sociales y pueda inscribirse en el Registro Mercantil, en términos generales, ésta debe prever:

  • El porcentaje mínimo de capital para que nazca el derecho de arrastre.
  • El valor mínimo de las participaciones a vender.
  • Forma y plazo para ejercer el derecho de arrastre.
  • Prioridad o no del derecho de arrastre frente al de adquisición preferente.

Previstos estos aspectos, la cláusula reunirá los requisitos de claridad y precisión que la normativa exige y será inscribible en el Registro Mercantil. No obstante, a raíz de la resolución de la DGRN de 4 de diciembre de 2017 se asienta un nuevo criterio a considerar.

Conforme a esta resolución la cláusula de arrastre que se incorpora en los estatutos sociales vía modificación estatutaria debe ser apoyada por todos los socios. Dicho apoyo puede manifestarse de diversos modos, por el acuerdo unánime en la Junta que tiene por objeto la modificación estatutaria o por ratificación posterior, siempre y cuando englobe el consentimiento de todos los socios.

Lo cierto es que, para proteger a los minoritarios, en ocasiones, se ha admitido como solución que al fijarse la cláusula de drag along se estableciera un derecho de separación a favor del socio que no quisiera ser arrastrado. No obstante, esta resolución, que se refiere a una modificación estatutaria rechaza como solución el derecho de separación y remarca la necesidad de introducir estas cláusulas por unanimidad de los socios.

Desde el departamento legal de AddVANTE le podemos asistir en la confección de los estatutos sociales de inicio y también en subsiguientes modificaciones y todo ello con el propósito de prever los mecanismos que mejor se adapten a su negocio y a la relación a mantener con sus partners hasta la consecución de su objetivo empresarial.

Peña Ibarra