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El año pasado la aprobación de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo ha posibilitado cobrar el paro siendo autónomo. Es otra de las medidas destinadas a mejorar la creación de empleo y apoyar a los emprendedores que consiguen una ayuda que les permite sobrevivir mientras sus proyectos comienzan a ser rentables.

Para ello, el SEPE establece un periodo máximo de 270 días. Estos días serán válidos si la prestación por desempleo es de nivel contributivo. Es decir, las pensiones no contributivas no podrán beneficiarse de la misma.

Un requisito indispensable para conseguirlo es enviar la solicitud correspondiente dentro de los primeros 15 días de la fecha de inicio de la actividad.

En un principio, la compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia era una medida aprobada solo para jóvenes. Sin embargo, desde la aprobación de la última ley, cualquier persona de cualquier edad puede beneficiarse, con lo que las oportunidades de autoempleo han aumentado.

Otras opciones para cobrar el paro y ser autónomo

Además, existen otras dos opciones para poder cobrar el paro y ser autónomo. La primera es la reanudación del cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia. Es decir, no se trata de seguir cobrando mientras somos autónomos, sino que cuando nos demos de baja como tales, podremos cobrar el paro que nos quedaba pendiente.

Por otra parte, contamos también con la ampliación de las posibilidades de aplicación de la capitalización por desempleo. Por medio de esta capitalización, se puede conseguir todo el dinero de las prestaciones en un pago único destinado a poner en marcha una actividad profesional por cuenta propia.

¿Cuándo no es posible cobrar el paro y ser autónomo?

Es importante tener en cuenta que no siempre es posible cobrar el paro y ser autónomo. A continuación, repasamos las situaciones en las que no podemos compatibilizar el paro y trabajar como autónomos.

En primer lugar, se trata de un derecho que se pierde si se ha utilizado en los dos años anteriores. Es decir, que, si ya lo solicitamos, tendremos que esperar otros 24 meses para que nos permitan ser autónomos y cobrar el paro. El mismo plazo se produce si hemos recibido el pago único de la prestación por desempleo.

Tampoco podremos pedir el paro y ser autónomo si nuestro último trabajo fue por cuenta propia. Es una opción únicamente válida para personas que trabajaban por cuenta ajena y que deciden hacerse autónomos.

Por otra parte, tampoco valdrá si te das de alta como autónomo para hacerte socio de una sociedad mercantil.

En cuanto a las cooperativas y sociedades laborales, tampoco es compatible con darse de alta en ninguna de ellas, ya sea de nueva creación o ya constituidas.

Por último, tampoco se permitirá cobrar el paro y ser autónoma si has firmado un contrato para realizar tu actividad profesional con el empleador para quién se hubiese prestado sus servicios por cuenta ajena antes del desempleo o con una empresa del mismo grupo. Es decir, no podrás trabajar para la misma empresa para la que trabajabas como asalariado como autónomo cobrando el paro si fue la última empresa para la que trabajaste.