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No todas las autorizaciones de residencia se renuevan de la misma forma ni dentro de los mismos plazos. El plazo para renovar las autorizaciones de residencia en régimen general es de 60 días antes y hasta 90 días después de su caducidad. Éstas se renuevan de forma telemática o a través de cualquier registro habilitado para ello y siempre dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente. En cambio, las tarjetas de residencia de régimen comunitario se pueden renovar un mes antes y hasta tres meses después de su caducidad.

Sin embargo, en ambos supuestos, si eres titular de una autorización de larga duración o bien de una tarjeta permanente de familiar de ciudadano de la UE deberás acudir directamente a la Comisaría de Policía correspondiente. Eso sí, en la mayoría deberás solicitar antes una cita previa.

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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