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La regulación del despido de una empleada de hogar (o empleado) tiene unas características especiales, porque la ley contempla que solo hay unas determinadas maneras de despedir al servicio doméstico.

De hecho, existe un tipo de despido específico destinado a este tipo de trabajadores (desistimiento), entre otros que están previstos también para el resto del personal del Régimen General de la Seguridad Social. Podrás informarte de todos ellos en este artículo.

Pero, ¿un empleado o empleada de hogar tiene derecho a finiquito? ¿ Y a indemnización ? En caso de que sí, ¿cómo se calculan estas cantidades? ¿Y si no se trabaja a jornada completa? También te lo aclaramos. Y te explicamos qué requisitos tiene que cumplir el empleador para hacer efectivo, de forma legal, el despido de una empleada de hogar. Y si los empleados del hogar tienen o no derecho a paro.

Empleadas de hogar: despidos no admitidos

En general, en España existen dos tipos de despido: el disciplinario y el objetivo. Pues bien, el segundo no es aplicable a un trabajador del hogar. No se puede echar a una empleada del hogar por causas objetivas, por ser incompatibles con la naturaleza de esta relación laboral.

Recordemos que el despido objetivo, como tal, se produce sobre todo cuando una empresa tiene problemas económicos o de otra índole empresarial (lo que se denomina causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), donde la persona contratada no tiene “culpa”. No obstante, el despido objetivo puede ser consecuencia de otros motivos, como puedes ver en este otro post más al detalle. Entre ellos, tampoco el despido objetivo por fuerza mayor es válido para los trabajadores del hogar.


Asimismo, el despido colectivo (ERE), pese a no ser una clase de despido como tal, es un mecanismo que tampoco se puede utilizar si hablamos de empleados domésticos.

¿Cuándo se puede despedir a una empleada de hogar?

Siguiendo por el apartado anterior, si excluimos el despido objetivo como posibilidad, nos quedaría el despido desciplinario. Una persona sí puede despedir a su empleado o empleada del hogar de forma disciplinaria, esto es, si hay un incumplimiento o falta grave por parte del contratado. Si se comprueba que ha habido, además, culpabilidad -es decir, que la persona ha realizado ese acto bajo su responsabilidad-.Este sería el primer tipo de despido para empleados del hogar.

No olvidemos que un despido disciplinario puede ser catalogado de improcedente, procedente o nulo. Y si resulta que se constata la improcedencia, (ya la decrete un juez o la reconozca directamente el empleador) ha de venir acompañada de una indemnización. Más adelante sabrás de qué importe.

Pero, además de dicho tipo de despido, existe otro especialmente orientado a los trabajadores domésticos, y que no es válido para el resto de adscritos al Régimen General. Se trata del despido por desistimiento, que es el segundo tipo de despido que existe para este colectivo. Analicémoslo.

Despido por desistimiento del empleador

Cuando una familia contrata a un empleado o empleada del hogar, el contrato puede extinguirse por desistimiento. Esto quiere decir que el empleador, por voluntad propia y sin alegar otras causas adicionales, puede dar por finalizado el contrato. Sin tener la obligatoriedad de justificarlo. Y el desistimiento se puede producir en cualquier momento que el empleador lo considere oportuno, ya que es como un despido libre.

En el fondo, el despido por desistimiento se suele dar cuando se dejan de necesitar los servicios de la persona, o si el empleador ya no se puede permitir ese gasto. O, por ejemplo, en el supuesto de que este desee dar el trabajo a otro profesional distinto. Aunque también puede ocurrir que haya una sensación de descontento con las labores realizadas, o una pérdida de confianza.

Pero, ¡atención!, la jurisprudencia ha marcado límites en este aspecto. Por ello, el despido de una empleada de hogar a causa de su embarazo será considerado nulo, sin necesidad de que el empleador tenga siquiera conocimiento de la gestación. Y tendría que haber una readmisión. Si quieres saber más sobre el despido nulo, pincha aquí.


Sin embargo, que no sea preciso dar explicaciones en el desistimiento- o que se pueda emitir un despido disciplinario- tampoco significa que no haya que formalizar debidamente el despido, siguiendo las pautas que indicamos a continuación.

Requisitos despido empleados del hogar

Caso 1: Despido disciplinario

Para que el despido de una empleada o empleado del hogar tenga validez legal, el contratador tiene que cumplir los siguientes requisitos:

  • Comunicar el cese por escrito, no verbalmente.
  • En dicho documento deben aparecer los motivos del despido disciplinario sin que lo alegado deje lugar a dudas.
  • Si hay testigos, deben constar sus declaraciones.
  • Por último, debe aparecer la fecha de efectos de la destitución.

Si no se atienden estas formalidades, podríamos estar ante el despido improcedente de una empleada de hogar (o empleado). Si un juez así lo declara.

Caso 2: Despido por desistimiento

Como hemos señalado antes, el despido por desistimiento del empleador no implica que el personal doméstico haya cometido una falta o incumplimiento grave y culpable. El desistimiento puede deberse a una razón personal de la familia contratadora. Pero, igual que con el despido disciplinario, también aquí hay unas normas:

  • Notificarlo por escrito.
  • Dar un preaviso de despido a la empleada del hogar. La ley dicta que este ha de ser de 20 días si se lleva trabajando en la casa más de 12 meses. O de siete días en caso contrario.
  • No obstante, no haría falta dicho preaviso si se abonan al trabajador esos días.
  • Poner a disposición del trabajador la indemnización que le corresponde, como podrás leer después en la tabla que te facilitamos más abajo. Por tanto, sí: el despido por desistimiento siempre conlleva cobrar una indemnización.
  • Que en la carta de despido conste que se ha usado el derecho al desistimiento. Este término no puede faltar en el documento.
  • Por último, los empleados que trabajen a jornada completa, durante el periodo de preaviso tendrán un permiso de seis horas semanales para que tengan la opción de buscar otro empleo.

Si el empleador se limita a decir al empleado que se marche, nos encontraríamos ante un despido improcedente. Y lo mismo sucede si el empleador, por su cuenta, simplemente da de baja al trabajador en la Seguridad Social.

¿Cuándo un desistimiento es en realidad un despido disciplinario?

Se puede afirmar que el empleador ha optado por el despido disciplinario y no por el desistimiento cuando omita en la comunicación del cese la voluntad de desistir del contrato. O no ponga a disposición del trabajador la indemnización simultáneamente. En estos supuestos, igual que si se trata de un despido disciplinario, se puede reclamar ante la ley en un plazo de 20 días hábiles desde su notificación.

Otras situaciones: periodo de prueba y fallecimiento

Antes de comenzar a exponer todo lo relativo al finiquito y la indemnización de una empleada hogar, según los tipos de despido que acabamos de explicar, veamos otras circunstancias especiales estipuladas por las se puede despedir al servicio doméstico. La primera es que no se supere el periodo de prueba, o que el propio empleado del hogar renuncie en dicho lapso de tiempo. En segundo lugar, también se puede despedir a una empleada de hogar, o empleado, si fallece el titular del hogar o es declarado tributario de una incapacidad permanente.

Por descontado, también se extinguiría el contrato del empleado del hogar si este renuncia, o si hay un acuerdo entre las partes en este sentido. Y, por supuesto, también se puede “despedir”, aunque no sería un cese como tal, cuando se acaba el contrato y no se renueva.

Finiquito empleada de hogar

Continuemos, como decíamos, con lo práctico: el dinero que recibe el empleado del hogar que ha sido despedido. En primer lugar, el obligatorio el finiquito para la empleada hogar. Independientemente de la clase de despido que se haya emitido. En este concepto se incluyen las pagas extra no cobradas pero sí generadas, las vacaciones no disfrutadas, el salario de los días trabajados en ese mes, las horas extra no percibidas (si las hubiera) y otros valores concretos que se reflejen en el contrato.

En este sentido, y si nos centramos únicamente en el finiquito, no hay diferencia entre el finiquito de una empleada de hogar por muerte del empleador o en el finiquito de una empleada de hogar por desistimiento, por ejemplo. La fórmula matemática es idéntica. ¿Quieres saber cómo se lleva a cabo el cálculo del finiquito para empleadas del hogar? Pulsa en este enlace. Podrás leer paso a paso cómo calcular el finiquito de una empleada del hogar.

Indemnización por despido empleada hogar

Procedamos ahora con el siguiente asunto. ¿Hay indemnización por despido para empleadas de hogar, o empleados? , puede haberla. Te indicamos cuándo -y a cuánto ha de ascender- en esta tabla: ( link )


Respecto al personal interno, al tener derecho a alojamiento, no puede ser obligado a abandonar el hogar entre las 17 horas del día del despido y las 8 horas del día siguiente. Salvo que la extinción fuese debida a una falta muy grave de los deberes de lealtad y confianza.

¿Cómo se calcula la indemnización si no trabajo a jornada completa?

La indemnización se calcula en proporción al salario mensual que se percibe por el número de horas de trabajo semanales. Por tanto, imaginemos que ha habido un desistimiento hacia una empleada o empleado que solo trabaja seis horas semanales. Se debe hallar la equivalencia -en horas- de los 12 días de salario por año en los que consiste la indemnización.

Teniendo en cuenta que 15 días equivalen a 60 horas, y que un trabajador a jornada completa consume 1.826 horas anuales, habría que hacer una regla de tres. Según esta, por trabajar seis horas a la semana (276 horas al año) se tiene derecho a una indemnización de aproximadamente 9 horas de salario por año de servicio. Con el tope, recordemos, de seis mensualidades.

Así, para hallar esta indemnización hay que multiplicar 9 por el salario/hora. Y después esa cifra multiplicarla por el número de años de servicio, sin que el importe resultante pueda superar 144 horas de salario (24 x 6=144 horas). El Ministerio de Trabajo y Economía Social facilita este esquema para un cálculo fácil de las indemnizaciones por desistimiento.

Derecho a paro empleados del hogar

Finalizamos con una mala noticia: las empleadas domésticas no tienen derecho al subsidio de desempleo porque no cotizan por dicho concepto. Estamos hablando de un sistema especial dentro del Régimen General: el Sistema Especial para Empleados de Hogar. El anterior ‘Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar’ quedó integrado en 2012 en el Régimen General de la Seguridad Social, mediante la creación de este sistema. Pero, como has podido observar, tiene sus diferencias.

En este sistema se pueden incluir todos los españoles mayores de 16 años, cualquiera que sea su sexo y estado civil, y que se dediquen, en territorio nacional, a servicios exclusivamente domésticos en el domicilio de una o varias familias. Y que perciban por ello un sueldo o remuneración de cualquier clase.

Conclusión

Pese a toda la normativa que hemos contemplado en este texto, sobre todo en lo referente a los motivos del despido, es posible que las partes pacten previamente unas causas de resolución de contrato particulares y distintas a las previstas en la ley. Y estas serían consideradas válidas siempre que se basen en un posible suceso futuro y no sean contrarias a las leyes, a la moral ni al orden público. Ni que supongan un abuso manifiesto por parte del empleador.