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Las nuevas tecnologías plantean la necesidad de contratos novedosos. Regulan operaciones, que se hacen on-line y antes no existían; y se “firman” on-line, a través de nuevas formas de contratación. Además, estos contratos suelen tener otros elementos novedosos. Se firman y se ejecutan de manera automática.

Suelen llamarse “Smart Contracts” o “CONTRATOS INTELIGENTES”. Se usan para operaciones en “criptomoneda” (“crypto currency”) como Bit-coin o para operaciones de “financiación en masa” (“crowd funding”) de proyectos necesitados de inversión o en sistemas informáticos de apuestas on-line.

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Un “Smart Contract” es un programa informático, que permite llegar a un acuerdo on-line, entre partes, y ejecutar el acuerdo registrado on-line. Son contratos automáticos. Funcionan en base al principio “if-then” (si-entonces) de cualquier programa de ordenador. La persona A ordena al programa que, si la persona B hace algo, ocurra algo.

Cuando se dispara una condición pre-programada, el “Contrato Inteligente” ejecuta una consecuencia, contenida en cláusula contractual: se ejecuta una obligación.

Los “Smart Contract” dan una seguridad superior a la del contrato tradicional y reducen costos de transacción. Se produce una transferencia de valor digital, mediante un sistema que no requiere conocerse personalmente.

Estos “Contratos Inteligentes” pueden ser perfectamente válidos. Tanto si son contratos entre españoles, como si son contratos internacionales.

Santiago Nadal

snadal@snabogados.com