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El matrimonio es la unión entre dos personas conforme lo previsto en la ley.

Esta unión crea un vínculo de vida en común entre los cónyuges del cual se derivan consecuencias jurídicas personales y económicas:

* Cada uno de los cónyuges debe contribuir a los gastos familiares de acuerdo con sus ingresos.

* El régimen económico matrimonial es el conjunto de normas que regulan los aspectos económicos del matrimonio. Puede pactarse en el momento de contraer matrimonio o en cualquier momento posterior, mediante capitulaciones matrimoniales.

En Cataluña, si no se pacta nada, el régimen es de separación de bienes en el que cada cónyuge tiene la propiedad y administración de sus bienes, tanto de los adquiridos antes del matrimonio como durante el matrimonio.

Marta Segura
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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