Togas.biz

Las plataformas que alojan contenidos subidos por los usuarios están el en punto de mira de la propuesta de Directiva sobre Derechos de Autor en el Mercado Único Digital. Desde que la Comisión propuso la reforma en 2016 hasta la actualidad, las vicisitudes de la tramitación legislativa han sido complejas, hasta el punto de afrontar en varias ocasiones lo que parecía un callejón sin salida, en especial por razón del ya famoso y muy controvertido #Artículo13, ampliamente debatido en las redes sociales y en la opinión pública, que establece un nuevo régimen de responsabilidad para las plataformas.

El #Artículo13 exige —con excepciones y matices diversos según la versión de que se trate— que las plataformas de compartición de contenidos subidos por los usuarios obtengan de los titulares de derechos una licencia para alojar y dar acceso a los contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual, actividad que se califica de comunicación pública. En caso de no obtener licencia, se les exige que adopten las medidas oportunas para impedir que los contenidos en cuestión se hallen disponibles en la plataforma, lo que exigiría el empleo de sistemas de filtrado previo de contenidos, algo que ha desatado la controversia por su posible impacto en la libertad de expresión y por la discutida compatibilidad de la propuesta con el sistema de exclusiones de responsabilidad previsto en la Directiva sobre el Comercio Electrónico (DCE) y en particular con la prohibición de establecer obligaciones generales de supervisión.

El Consejo adoptó su posición el 25 de mayo, y el Parlamento hizo lo propio el 12 de septiembre pasado, tras una votación fallida el mes de julio. El 2 de octubre se inició la negociación informal entre ambas instituciones, bajo los auspicios de la Comisión, el llamado “trílogo”, que persigue llegar a un acuerdo sobre un texto final aceptable para Parlamento y Consejo. Sin embargo, las negociaciones estuvieron a punto de fracasar cuando el pasado 18 de enero el Consejo no logró consensuar internamente una nueva propuesta negociadora, y se canceló en consecuencia la sesión última sesión prevista del trílogo.

El último giro del guion ha sido el acuerdo alcanzado este lunes día 4 entre Francia y Alemania para consensuar un nuevo texto en el seno del Consejo. A partir de dicho acuerdo, la presidencia rumana ha preparado una nueva propuesta negociadora que se someterá a votación en la reunión del Coreper fijada para este viernes día 8. Si, como es previsible, se vota favorablemente, se estima que las sesiones de “trílogo” se reanudarán la próxima semana, siempre bajo la presión del tiempo dada la proximidad de las elecciones europeas.

No parece fácil que la nueva posición negociadora del Consejo sea aceptada sin más por el Parlamento. En síntesis, el Consejo propone ahora, por una parte, que las nuevas obligaciones no sean exigibles a las empresas que cumplan las condiciones cumulativas de (i) tener una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros; (ii) llevar menos de 3 años en funcionamiento; y (iii) tener una audiencia inferior a 5 millones de visitantes únicos mensuales. A las empresas que cumplan estas condiciones sólo les será exigible cumplir con la obligación de retirar los contenidos cuando reciban una notificación. Se trata de un equilibrio difícil entre las posiciones enfrentadas de Francia y Alemania, la primera partidaria de no limitar el alcance de la norma, y la segunda defensora de excluir de su ámbito a las pequeñas y medianas empresas.

Por otra parte, se afirma que la exclusión de responsabilidad por alojamiento de datos del art. 14 DCE no será aplicable a las plataformas en relación con la responsabilidad por infracción de derechos de autor, pero que, en su caso, podrán beneficiarse de tal exclusión de responsabilidad en relación con otro tipo de contenidos ilícitos, lo que supone la quiebra del alcance horizontal de las normas de la DCE.

Se otorga una exención de responsabilidad a las plataformas que demuestren haber actuado diligentemente para obtener una licencia, para impedir la disponibilidad de los contenidos no licenciados en la plataforma y para que los ya retirados no vuelvan a aparecer.

Finalmente, se establece que los usuarios podrán subir contenidos que incluyan partes de obras o prestaciones protegidas para usos de cita, crítica, revisión, caricatura, parodia o pastiche (aunque ya no para “ilustración”). En la práctica supone hacer obligatorias (sólo para los usuarios, no para las plataformas) algunas excepciones que la Directiva 2001/29 establece como meramente facultativas para los Estados Miembros,

El debate sigue abierto y tanto la negociación en el trílogo como la posterior votación en el Parlamento continúan rodeadas de la mayor de las incertidumbres. Desde este blog informaremos puntualmente del desenlace.

Miquel Peguera