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Según la noticia aparecida en el periódico el Mundo, la Administración tributaria está regularizando determinadas prestaciones económicas que los integrantes de la ÑBA han venido percibiendo en los últimos años en concepto de la Real Federación Española de Baloncesto.

Al parecer, tanto la Real Federación Española de Baloncesto como los propios deportistas consideraban que los importes pagados a éstos por su participación con la selección, hasta un importe máximo de 60.100 euros, tenían la calificación de rentas exentas al amparo del artículo 7.m) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, además, conforme al desarrollo reglamentario previsto en el artículo 4 del reglamento del impuesto por tratarse de "ayudas a deportistas de alto nivel".

De acuerdo con la citada noticia, la Administración tributaria entiende que dicha exención no resulta aplicable a este tipo de pagos y está practicando liquidaciones complementarias a los jugadores residentes fiscales en España (aunque también podría reclamar las retenciones a la Federación) en relación con aquellas percepciones cobradas y no incorporadas en su IRPF (por considerarse exentas) de todos aquellos ejercicios no prescritos.

Esta cuestión supone una nueva controversia tributaria para los deportistas y se une a las problemáticas ya conocidas, relativas a los derechos de imagen y al pago de los agentes.

Veremos como avanza esta cuestión y qué argumentos emplea la Administración para regularizar estas rentas y negar la exención.

Carles Quindós Sauret

Asociado Principal

Área Financiero-Tributario