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El nuevo índice permite suministrar información homogénea sobre la calidad del aire a nivel nacional de manera entendible y clara para todos los ciudadanos y facilita el intercambio de datos con la Unión Europea.

El Ministerio para la Transición Ecológica ha aprobado, el pasado 18 de marzo, el Índice Nacional de Calidad del Aire. Este índice permite informar sobre el estado de la calidad del aire en cada una de las estaciones distribuidas por todo el territorio nacional, basándose en cinco contaminantes: partículas en suspensión (PM10), partículas en suspensión (PM2,5), ozono troposférico (O3), dióxido de nitrógeno (NO2) y dióxido de azufre (SO2). En función de los valores registrados para cada uno de dichos contaminantes, el Índice establece cinco niveles de calidad del aire: muy bueno, bueno, regular, malo y muy malo.

Con este índice nacional se persigue, en primer lugar, suministrar información sobre la calidad del aire a nivel nacional de manera entendible y clara para todos los ciudadanos, con el fin de contribuir al acceso del público a dicha información ambiental.

Asimismo, el índice busca homogeneizar la información sobre la calidad del aire a nivel nacional. Actualmente, muchos de los gestores de las redes regionales y locales de España de calidad del aire disponen de sus propios indicadores o índices, sin embargo, éstos son muy heterogéneos. Por ello, la existencia de un Índice Nacional de Calidad del Aire permitirá la comparación entre diferentes regiones a la vez que podrá servir de orientación a los gestores para la definición de sus propios índices.

Por último, este índice pretende facilitar el intercambio de información con la Unión Europea. A este respecto, el índice nacional se ha elaborado con base en el Índice de Calidad del Aire Europeo, que fue puesto en marcha en noviembre de 2017 por la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) y la Comisión Europea, y que permite a los usuarios comprobar la calidad actual del aire en ciudades y regiones de toda Europa.

La elaboración de dicho índice nacional venía prevista en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire. Así, su artículo 28, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 39/2017, de 27 de enero, establece que el actual Ministerio para la Transición Ecológica aprobará, mediante orden ministerial, un Índice Nacional de Calidad del Aire, basado en el Índice de Calidad del Aire Europeo. Este índice nacional ha sido aprobado mediante la Orden TEC/351/2019, de 18 de marzo, por la que se aprueba el Índice Nacional de Calidad del Aire, publicada en el BOE el 28 de marzo de 2019.

Fuente: Garrigues Abogados

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