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El pasado día 23 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Las novedades que introduce esta norma en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil ( “SNGJ”) son principalmente las siguientes:

  1. Medidas favorecedoras del acceso y la inscripción de jóvenes al SNGJ:

    -Se simplifican los requisitos de acceso de forma que aquellos jóvenes que no hayan recibido formación, ni hayan estado trabajando el día anterior a la solicitud de inscripción, podrán ser beneficiarios de las acciones y medidas del SNGJ.

    -Se establece la posibilidad de que las entidades participantes en el SNGJ puedan establecer procedimientos específicos para la inscripción de los jóvenes en el fichero único del SNGJ, de conformidad con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

    -Se prevé la inscripción en el SNGJ, incluso con efectos retroactivos, de los jóvenes inscritos como demandantes de empleo que cumplan con los requisitos exigidos y que hubieran participado o estén participando en alguna de las actuaciones previstas por el Sistema.

    -Se incorpora el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del SNGJ.

  2. Conversión en bonificaciones, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, de las reducciones a la cotización a la Seguridad Social cuando se trate de medidas en beneficio de jóvenes inscritos en el SNGJ:

    De conformidad con la Disposición Transitoria única, las reducciones que se vinieran disfrutando con anterioridad al 1 de enero de 2017 pasarán, a partir de esa fecha, a tener la naturaleza de bonificaciones en las cotizaciones sociales.

En el siguiente enlace se puede acceder al texto íntegro del Real Decreto-ley:

http://www.boe.es/boe/dias/2016/12/24/pdfs/BOE-A-2016-12266.pdf