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La Audiencia Provincial de Navarra aborda en su sentencia 509/2019 de 15 de octubre el alcance de los derechos de reproducción y transformación sobre unos dibujos que habían sido objeto de cesión.

El autor de los famosos personajes del universo Kukuxumusu suscribió un contrato de cesión exclusiva de miles de sus dibujos con Kukuxumusuideas SL, lo cual otorga a esta último un derecho de explotación sobre ellos y, al mismo tiempo, impide incluso al propio autor la explotación de los dibujos cedidos. Cabe remarcar en este punto que el objeto de la cesión lo constituyen los miles de dibujos cedidos, no los personajes en sí mismos representados en los dibujos.

Pese a ello, el autor continuó explotando los propios dibujos cedidos, incluso mediante su copia, por lo que el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Pamplona/Iruña dictaminó que se había producido una infracción. Asimismo, el Juzgado señaló que existirá vulneración del contrato siempre que los nuevos dibujos constituyan una copia o transformación de los dibujos objeto de la cesión. Sin embargo, en caso de que la nueva actividad artística tenga novedad suficiente, se podrá considerar independiente de los dibujos cedidos y, por tanto, no vulnerará el derecho de exclusiva del cesionario.

Este punto no resulta controvertido en apelación, puesto que el autor demandado asume la existencia de una infracción al copiar o transformar los dibujos cedidos. Sin embargo, la sentencia de primera instancia falló también que el autor debe cesar en la reproducción o transformación de los dibujos “en cualquier escena, situación o peripecia” en que puedan ser colocados o representados. Considera el autor apelante que esto supone una interpretación excesivamente amplia de los derechos de transformación y de reproducción por cuanto, en la práctica, le impide la creación en el futuro de obras basadas en personajes de su invención.

De acuerdo con la sentencia de apelación, al extender el derecho de reproducción de los dibujos a cualquier escena, situación o peripecia, en la práctica lo que está haciendo la sentencia de primera instancia es proteger el derecho del cesionario no ya sobre los dibujos, sino sobre los personajes, que en realidad no habían sido objeto de cesión. Por tanto, la Audiencia Provincial considera que de esta forma se está ampliando en exceso el concepto del derecho de reproducción y señala que el autor podrá seguir utilizando los personajes del universo Kukuxumusu “pero en otro contexto, es decir, sin utilizar exactamente el concreto dibujo objeto de cesión o parte del mismo”.

En cuanto al derecho de transformación, la Audiencia Provincial sigue el mismo razonamiento, estimando que una prohibición excesivamente amplia de la transformación de los dibujos en cualquier situación supone, en realidad, una prohibición de transformación de los personajes.

Inés Cabañas