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Este mes de agosto se ha hecho pública una resolución de los tribunales norteamericanos muy relevante en materia de “web scraping” o “screen scraping". Con este término anglosajón se define la técnica a través de la cual es posible obtener determinada información de un sitio web de manera sencilla y automatizada, generalmente, mediante el uso de software que simula la navegación humana en un concreto sitio web.

En el caso en cuestión, el juez federal norteamericano Edward Chen ha dictaminado que la startup analítica hiQ Labs, que centra su actividad profesional en recolectar datos de diversas fuentes con el fin de crear algoritmos y facilitar a los directivos la toma de decisiones, está legitimada y tiene derecho a recopilar libremente los datos públicos que figuran en la plataforma LinkedIn.

La disputa entre estas dos compañías se inició el pasado mes de mayo, cuando LinkedIn requirió a hiQ Labs que cesara en la obtención de datos de su sitio web a través de la mencionada técnica de screen scraping. Requerimiento al que siguió el intento de bloqueo al sitio web mediante el bloqueo de direcciones IP.

Como avanzábamos, el juez finalmente sostuvo que LinkedIn debía abstenerse de implementar cualquier limitación técnica que impidiera el acceso de hiQ Labs a perfiles públicos de LinkedIn en un plazo de 24 horas, dejando así vía libre a la startup para que obtuviera, mediante la mencionada técnica, los datos públicos de la conocida red social profesional.

En concreto, ante la afirmación de LinkedIn de que resultaba ilegal la obtención de datos de su sitio web sin su permiso mediante la técnica de screen scraping, el juez concluye que LinkedIn no puede prohibir ni bloquear el acceso selectivo de una compañía a datos que han sido puestos a disposición del público por los usuarios que los publicaron.

En cualquier caso, la reciente resolución no es más que el principio de la cuestión: Microsoft (propietaria de LinkedIn) ha anunciado que recurrirá esta decisión, por lo que seguiremos informando en nuestro Blog acerca del transcurso que sigue este caso tan peculiar.

Cristina Olesti y Jorge Monclús