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El presidente de la Federación Inglesa de Fútbol, la Football Association (FA) confirmó en una entrevista concedida hace unos días al diario británico The Times que la FA está estudiando si resulta adecuado que una autoridad deportiva mantenga una relación oficial de patrocinio con empresas operadoras de actividades de juego o distribuidoras de productos alcohólicos. Se trata de una cuestión que podría tener un gran impacto en el ámbito del marketing, planteando cuestiones que podríamos trasladar a nuestro propio mercado.

A fin de llegar a un, la FA ha solicitado un informe con el objetivo de analizar cuál debería ser la postura de la FA respecto a varias cuestiones, entre las que se encuentra su relación con las empresas de juego y alcohol, que le permitirá tomar una decisión al respecto probablemente a lo largo de este verano. Esto podría llevar a la FA a terminar sus contratos de patrocinio que actualmente tiene en vigor con diversas empresas de juego así como con importantes compañías cerveceras.

No obstante, la FA ha confirmado que la decisión que adopte a este respecto no afectará a los clubes de fútbol, quienes podrán seguir manteniendo sus contratos de patrocinio con empresas de ambos sectores. De hecho, esta decisión se basa exclusivamente en que la FA es una autoridad deportiva, y por lo tanto considera que los estándares a los que debe someterse deben ser más estrictos que los aplicables a los clubes. En la actualidad, 11 de los 20 equipos de la Premier League tienen acuerdos de patrocinio con empresas de apuestas.

En España, la publicidad de las actividades de juego online no cuenta por el momento con una regulación específica, al contrario de lo que ocurre con la publicidad del alcohol – regulada por la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, que prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas con graduación alcohólica superior a 20 grados en aquellos lugares donde esté prohibida su venta o consumo-.

A este respecto, en el año 2012, la Dirección General de Ordenación del Juego, organismo regulador de las actividades de juego en España, elaboró junto con la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) el Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego, un código de autorregulación en materia de publicidad, patrocinio y promoción de las actividades de juego. Además, en el año 2015, la Dirección General de Ordenación del Juego elaboró un proyecto de Real Decreto de Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego y de Juego Responsable que contenía ciertas restricciones respecto al patrocinio de estas actividades vinculada a acontecimientos deportivos. En particular, el proyecto de Real Decreto sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego, que no ha sido publicado, contiene ciertas restricciones respecto a la aparición de personas o personajes famosos o de relevancia o notoriedad pública, o la necesaria inclusión de mensajes de juego responsable.

No obstante, ante el incesante crecimiento del sector, los grupos parlamentarios españoles han mostrado su preocupación por este tema. A estos efectos, tanto el grupo parlamentario Ciudadanos como el grupo parlamentario Socialista han presentado sendas proposiciones no de Ley sobre la regulación de la publicidad del juego online. La proposición no de Ley sobre la regulación de la publicidad del juego online presentada por Ciudadanos recoge entre otras medidas, aquellas destinadas a evitar que este tipo de empresas patrocinen eventos deportivos o equipos de categorías juveniles o inferiores. La proposición presentada por el grupo Socialista busca de forma más restrictiva implementar medidas dirigidas a restringir la promoción o publicidad del nombre o de los productos de juego mediante patrocinio de equipos deportivos.

No obstante y por el momento, el Gobierno español no se ha manifestado respecto a su posición sobre el patrocinio de eventos deportivos por empresas de juego online.

Elisa Lorenzo y Albert Agustinoy