El autoconsumo hace referencia a la producción individual de electricidad para el propio consumo a través de instalaciones situadas dentro o junto a edificaciones que las van a consumir, esencialmente usando fuentes de energías renovables.
Esta práctica puede ser llevada a cabo por individuos, familias, urbanizaciones, empresas, centros públicos, etc., siempre y cuando la electricidad producida solo la utilicen los mismos. El sistema tecno - lógico que se utiliza para generar la electricidad es denominado sistema de autoconsumo.
Tras un largo periplo y mucha polémica, el pasado 10 de octubre de 2015, fue aprobado el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica y de producción de autoconsumo (el “RD 900/2015”), cuya finalidad es el establecimiento y regulación de las condiciones aplicables a las distintas modalidades de autoconsumo de energía eléctrica establecidas en el artículo 9 de la Ley del Sector Eléctrico (“LSE”).
El RD 900/2015 resulta de aplicación a todas las modalidades de autoconsumo con la única excepción de las instalaciones des - conectadas de la red eléctrica, esto es, aquéllas que no tengan ningún punto de conexión física con la red de distribución eléctrica.
Lo más polémico de la nueva regulación es la creación de un nuevo peaje por transporte y distribución que, con excepción de las instalaciones no enganchadas a la red, los autoconsumidores tendrán que hacer frente: al denominado “peaje de respaldo” (al que popularmente se ha denominado como el “impuesto al sol”). Dicho “peaje de respaldo” implica la obligación de abonar un peaje para sostener los gastos del sistema eléctrico aunque el auto - consumidor no haga uso del mismo.
Dicho “peaje de respaldo” se basa y justifica en que, aunque no hagan uso del mismo o lo hagan de forma muy limitada, los consumidores que se benefician de las estructuras autoconsumo tienen que hacer frente a los costes del sistema eléctrico.
Sin perjuicio de la aprobación del citado RD 900/2015, la regulación no es completa, ya que sigue pendiente de aprobación el Decreto que regula el balance neto entre el consumo y la venta de la electricidad generada por la instalación en autoconsumo. En tanto en cuanto esto no se apruebe, el desarrollo del autoconsumo será limita - do y no mostrará todo su potencial.
Una vez que se complete la regulación del balance neto y se ajuste el importe del “peaje de respaldo” a términos razonables, el autoconsumo puede conllevar a un cambio en el paradigma del mercado eléctrico español a medio y largo plazo dadas las condiciones climáticas.
En este sentido, un desarrollo ordenado y sostenido del autoconsumo a escala permitirá la aparición de nuevos operadores energéticos que puedan introducir auténtica competencia reduciendo el coste de la energía y el desarrollo de un modelo energético basado parcial - mente en la generación distribuida.
Además, la implementación del autoconsumo es una de las alter - nativas claras para avanzar en un modelo energético que reduzca los efectos del cambio climático, tan de actualidad en estos días.
Nuevas oportunidades
De esta manera surgirán nuevas oportunidades de negocio básica - mente en dos líneas diferenciadas: la que podríamos denominar residencial, consistente en ofrecer a urbanizaciones, chalets o edificios la instalación de equipos de autoconsumo y la gestión de los mismos.
En función del tamaño, incluso pudiera ser financiado con créditos al consumo por entidades financieras que ofrecieran el producto conjuntamente con el instalador y operador; y la línea industrial que permitirá ofrecer a empresas y grandes consumidores la instalación de equipos de renovables en las inmediaciones de las fábricas o los tejados de las mismas y gestionar los sistemas de autoconsumo.
El nuevo modelo de negocio no sólo está abierto a las eléctricas tradicionales, también a pequeños operadores que puedan entrar en el mercado a gestionar los nuevos sistemas de autoconsumo y, con ello, las compras y ventas de electricidad de los sistemas que se instalen. De esta manera, el negocio de la instalación de un equipo de autoconsumo no acaba en la obra, ni siquiera en el mantenimiento del mismo, sino que es una vía de captación de clientes en el sector eléctrico para las eléctricas tradicionales y para nuevos operadores.
Con el autoconsumo y todo lo que trae consumo se caen las principales barreras de acceso al mercado eléctrico derivadas del coste de las instalaciones de generación de electricidad y la dificultad de captación de clientes. A medio plazo podemos ver un porcentaje del mercado, pequeño pero relevante, en manos de nuevos operadores que surjan o sean capaces de aprovechar la ventana de oportunidad que se abre.
Tendremos que estar atentos a lo que ocurra en los próximos meses y si el Gobierno que salga de las elecciones se decide a apoyar esta nueva modalidad de negocio que, sin perjuicio de la norma aprobada, necesita de regulación adicional y señales políticas de apoyo a este modelo de negocio para evitar que se convierta en algo residual o marginal reducido a poner placas solares en las duchas de las piscinas de forma aislada o en las señales luminosas de tráfico en las carreteras
Francisco Solchaga y Laura Vintanel