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El autoconsumo hace referencia a la producción individual de electricidad para el  propio consumo a través de instalaciones situadas dentro o junto a  edificaciones que las van a consumir, esencialmente usando fuentes  de energías renovables.

Esta práctica puede ser llevada a cabo por individuos, familias,  urbanizaciones, empresas, centros  públicos, etc., siempre y cuando la  electricidad producida solo la utilicen los mismos. El sistema tecno - lógico que se utiliza para generar la  electricidad es denominado sistema de autoconsumo.

Tras un largo periplo y mucha  polémica, el pasado 10 de octubre de 2015, fue aprobado el Real  Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas  y económicas de las modalidades  de suministro de energía eléctrica  y de producción de autoconsumo  (el “RD 900/2015”), cuya finalidad  es el establecimiento y regulación  de las condiciones aplicables a las  distintas modalidades de autoconsumo de energía eléctrica establecidas en el artículo 9 de la Ley del  Sector Eléctrico (“LSE”).

El RD 900/2015 resulta de  aplicación a todas las modalidades de autoconsumo con la única excepción de las instalaciones des - conectadas de la red eléctrica, esto  es, aquéllas que no tengan ningún  punto de conexión física con la red  de distribución eléctrica.

Lo más polémico de la nueva regulación es la creación de un nuevo  peaje por transporte y distribución  que, con excepción de las instalaciones no enganchadas a la red, los  autoconsumidores tendrán que hacer frente: al denominado “peaje de  respaldo” (al que popularmente se  ha denominado como el “impuesto  al sol”). Dicho “peaje de respaldo”  implica la obligación de abonar un  peaje para sostener los gastos del  sistema eléctrico aunque el auto - consumidor no haga uso del mismo.

Dicho “peaje de respaldo” se  basa y justifica en que, aunque no  hagan uso del mismo o lo hagan de  forma muy limitada, los consumidores que se benefician de las estructuras autoconsumo tienen que  hacer frente a los costes del sistema  eléctrico.

Sin perjuicio de la aprobación  del citado RD 900/2015, la regulación no es completa, ya que sigue  pendiente de aprobación el Decreto que regula el balance neto entre  el consumo y la venta de la electricidad generada por la instalación en autoconsumo. En tanto en  cuanto esto no se apruebe, el desarrollo del autoconsumo será limita - do y no mostrará todo su potencial.

Una vez que se complete la regulación del balance neto y se ajuste el importe del “peaje de respaldo”  a términos razonables, el autoconsumo puede conllevar a un cambio  en el paradigma del mercado eléctrico español a medio y largo plazo  dadas las condiciones climáticas. 

En este sentido, un desarrollo  ordenado y sostenido del autoconsumo a escala permitirá la aparición  de nuevos operadores energéticos  que puedan introducir auténtica  competencia reduciendo el coste  de la energía y el desarrollo de un  modelo energético basado parcial - mente en la generación distribuida.

Además, la implementación del  autoconsumo es una de las alter - nativas claras para avanzar en un  modelo energético que reduzca los  efectos del cambio climático, tan  de actualidad en estos días.

Nuevas oportunidades

De esta manera surgirán nuevas  oportunidades de negocio básica - mente en dos líneas diferenciadas: la que podríamos denominar residencial, consistente en ofrecer a urbanizaciones, chalets o edificios la  instalación de equipos de autoconsumo y la gestión de los mismos. 

En función del tamaño, incluso  pudiera ser financiado con créditos  al consumo por entidades financieras que ofrecieran el producto  conjuntamente con el instalador  y operador; y la línea industrial  que permitirá ofrecer a empresas  y grandes consumidores la instalación de equipos de renovables en  las inmediaciones de las fábricas o  los tejados de las mismas y gestionar los sistemas de autoconsumo.

El nuevo modelo de negocio  no sólo está abierto a las eléctricas  tradicionales, también a pequeños  operadores que puedan entrar en el  mercado a gestionar los nuevos sistemas de autoconsumo y, con ello,  las compras y ventas de electricidad  de los sistemas que se instalen. De  esta manera, el negocio de la instalación de un equipo de autoconsumo no acaba en la obra, ni siquiera  en el mantenimiento del mismo,  sino que es una vía de captación de  clientes en el sector eléctrico para  las eléctricas tradicionales y para  nuevos operadores.

Con el autoconsumo y todo lo  que trae consumo se caen las principales barreras de acceso al mercado  eléctrico derivadas del coste de las  instalaciones de generación de electricidad y la dificultad de captación  de clientes. A medio plazo podemos  ver un porcentaje del mercado, pequeño pero relevante, en manos de  nuevos operadores que surjan o sean  capaces de aprovechar la ventana de  oportunidad que se abre.

Tendremos que estar atentos a  lo que ocurra en los próximos meses y si el Gobierno que salga de las  elecciones se decide a apoyar esta  nueva modalidad de negocio que,  sin perjuicio de la norma aprobada, necesita de regulación adicional y señales políticas de apoyo a  este modelo de negocio para evitar  que se convierta en algo residual o  marginal reducido a poner placas  solares en las duchas de las piscinas  de forma aislada o en las señales luminosas de tráfico en las carreteras

Francisco Solchaga y Laura Vintanel