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El 13 de julio de 2017 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la Ley 12/2017, de 6 de julio, de la arquitectura, que establece el interés público de la arquitectura y promueve el reconocimiento de su valor social, estableciendo medidas de divulgación, promoción y educación.

Se trata de una ley novedosa (la primera en el Estado español, y la segunda en Europa), muy demandada por el sector, que sigue las recomendaciones de la Unión Europea relativas al fomento de la calidad arquitectónica, a fin de que la arquitectura en los entornos urbanos y rurales adquiera un importante papel en las políticas públicas.

En efecto, en el ámbito de la contratación pública la norma promueve la transparencia y publicidad de los concursos; regula la composición y reglas de funcionamiento del jurado, y fomenta aquellos procedimientos que permitan el acceso a la profesión de los jóvenes titulados.

El Gobierno aprobará criterios orientativos que habrán de tenerse en cuenta en las licitaciones de los procedimientos de contratación del proceso arquitectónico, en relación a:

– Criterios de valoración de las proposiciones técnicas que prioricen los aspectos cualitativos, minimizando la importancia de los criterios económicos.

– Valores orientativos para calcular el precio de licitación de los contratos de redacción de proyectos.

También trata de impulsar la valoración de la arquitectura a través de mecanismos como el Premio Catalunya de la Arquitectura y el Patrimonio Construido, el Consejo de Calidad Arquitectónica y Urbanística de Cataluña, así como mediante la creación de organismos consultivos de calidad arquitectónica de las administraciones locales.

La presente Ley entrará en vigor el próximo 2 de agosto de 2017, y no resultará de aplicación a aquellos expedientes en materia de contratación que se hubieren iniciado con anterioridad a dicha fecha.