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Terror es lo menos que nos sobrecoge ante una noticia de estas características. Todas las alarmas disparadas e inmediata reunión con el equipo comercial y financiero para analizar lo ocurrido. Pero… ¿le seguimos vendiendo?

Por empezar el concurso de acreedores o suspensión de pagos es un mecanismo jurídico que permite al empresario solventar los problemas de liquidez. Cuando irremediablemente se le han cerrado las puertas del crédito y no hay manera de afrontar las deudas se invoca esta figura que permitirá reordenar la situación. Si es aceptada, el proceso consta de dos grandes partes, por un lado la propuesta de pago con la quita correspondiente y por el otro el calendario de dichos pagos.

Aquí no analizamos el concurso de acreedores propiamente dicho tema que hemos desarrollado ampliamente en numerosas entradas, las podemos recordar desde este link http://www.ibisum.com/category/derecho-concursal/

Lo que estamos tratando de dirimir es la continuidad de la relación comercial con este cliente que de momento nos hace un planteamiento inesperado sobre la deuda contraída. Lo primero que debemos hacer es lograr que la deuda sea incluida en la masa pasiva del propio concurso y para ello debemos vigilar muy atentamente los plazos que dispone la ley.

Y lo segundo es ¿qué hacemos en el futuro inmediato? le seguimos vendiendo y en qué forma o directamente cortamos toda relación comercial. Pesa mucho la estadística y los números son muy indicativos, actualmente el 90% aproximado de las empresas no remonta un concurso pero también es verdad que tenemos casos de éxito donde esta situación ha permitido tomar oxígeno a la empresa y reencauzar su situación encarando una senda exitosa ya que su producto lo avalaba y era un ahogo financiero puntual.

Otro punto importante es como recuperamos el IVA de esta deuda que nosotros hemos adelantado a la Agencia Tributaria, debemos emitir una factura rectificativa. Desde el momento en que el concurso se publica en el BOE disponemos de un mes para emitir esas facturas rectificativas.

La decisión de seguir vendiendo o no a este cliente tiene un montón de variables, histórico de cumplimiento en los pagos, trato personal con el empresario, carga de estructura humana y edilicia de la empresa y así hasta llenar una buena cantidad de factores. Es por esto que ante una situación como la descrita la ayuda y apoyo de un asesor jurídico es fundamental, entre todos los estamentos se debe configurar una acción/respuesta y para ello debemos contemplar todos los detalles, para que no se convierta esta decisión en un juego de azar.

En Ibisum Advocats te encaminamos hacia una respuesta correcta.

Fuente: Ibisum Advocats i Consultors

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