Togas.biz

Así es. Ambos derechos son fundamentales y están protegidos en nuestra Constitución.

Comparten el mismo origen: mientras que los derechos de propiedad intelectual protegen aquellas creaciones “originales” expresadas por un ser humano, nuestra privacidad protege toda información que identifica a un ser humano y que éste genera a lo largo de toda su vida.

Son inherentes, por tanto, al ser humano, y es fundamental su protección para proteger la dignidad y el normal desarrollo de la propia persona: Por un lado, cuando protegemos las creaciones originales de una persona, estamos incentivando a que ésta comparta sus frutos con el resto de la sociedad y así lograr que todos podamos disfrutar de los mismos, evitando que plagiadores se apropien de almas ajenas. Por otro lado, protegiendo la privacidad de una persona, conseguimos salvaguardar su dignidad y el normal desarrollo como persona, evitando que se conviertan en un autómata sin alma.

En los dos derechos podemos identificar tanto una faceta personal y otra económica de determinadas facultades de estos derechos. Respecto a la faceta personal en relación con la propiedad intelectual, se reconocen una serie de derechos personales irrenunciables e inalienables, como el derecho a la autoría de la creación propia o el de a la integridad de dicha creación, sin que el titular originario de los mismos pueda cederlos y/o renunciar a los mismos, como ocurría en tiempos anteriores cuando una persona podía enajenar su propia libertad. Igualmente ocurre con determinadas facultades de los datos personales, que no pueden ser tratados por terceros ajenos a la propia persona, aun teniendo el consentimiento de ésta, sin que se vea vulnerada la propia integridad y/o la propia persona afectada.

Respecto a la faceta económica de ambos derechos, si bien estamos acostumbrados a ver cómo los derechos de explotación de las creaciones intelectuales pueden ser dispuestos y explotados y generar la remuneración correspondiente a sus legítimos titulares, en el caso de los datos personales, aún estamos en pañales respecto a una correcta legislación y tratamiento, e inmersos actualmente en un “capitalismo de vigilancia” que explota la información personal sin autorización alguna en muchos casos, tratándonos como un mero producto.

Ahora bien, la gran semejanza existente entre ambos derechos no es la razón principal que justifica la necesaria interconexión de éstos, sino que es crucial tal interconexión para el propio ser humano.

Lo podemos ver claramente cuando regulamos el desarrollo tecnológico de nuestra sociedad, como por ejemplo en el proceso de aprendizaje de la Inteligencia Artificial (IA), donde no solo es necesario que aprenda de la creatividad humana para que pueda aprender la IA a pintar como pintaba Rembrandt o componer como Beethoven, sino suministrar la información personal sobre el estado de ánimo de la persona cuando creaba. En este tipo de procesos será fundamental anonimizar determinada información antes de dársela de comer a la máquina.

Igualmente ocurre con las aplicaciones informáticas o las llamadas “apps”, cuya existencia está íntimamente ligada a la creatividad humana, pero para cuyo desarrollo es completamente necesario aprender del uso y comportamiento de las personas usuarias de las mismas. Para un correcto y ético funcionamiento, es completamente necesario informar, ser transparentes y tratar a los usuarios como personas y no como productos, y pedir consentimiento antes de tratar su información, al igual que tratamos de evitar que se usen creaciones y tecnologías ajenas sin contar con la autorización de sus creadores.

Otro claro ejemplo lo tenemos en la industria del videojuego: si aceptamos que debemos contar con la autorización y colaboración de todas las personas que participan en la creación de una obra multimedia, igualmente tendríamos que contar con la autorización informada de los usuarios del videojuego, cuyos gustos, opiniones, y forma de jugar es de enorme valor para el éxito de esa obra multimedia.

Estamos en un momento crucial de nuestro desarrollo, no ya tecnológico sino como personas. Debemos tomar conciencia de que cuando alguien comparte una creación propia con la sociedad está mostrando un trozo de su alma. Es un acto personalísimo e íntimo y así debe ser respetado. Pues bien, la privacidad funciona exactamente igual. Si se viola la privacidad de alguien, estamos atacando su parte más íntima y personal, y corremos el riesgo de su deshumanización irremediable.

Por tanto, en la medida en que cuidemos los derechos de propiedad intelectual y los datos personales cuidaremos a las personas presentes y futuras.

David Muñoz de los Reyes, febrero 2023