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El pasado 23 de noviembre se aprobó el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.

Este Real Decreto transpone una Directiva Europea y tiene por objetivo alcanzar un mercado único y eficiente dentro de la UE.

Conforme a este RD, los proveedores de servicios de medios de pago deberán obtener la correspondiente autorización ante el Banco de España y ya no ante el Ministerio de Economía y Empresa.

Por lo que respecta a los consumidores, el Real Decreto trata de dotar de seguridad la utilización de este tipo de servicios, haciendo hincapié en el derecho de información y simplificando el proceso de contratación, así como estableciendo por primera vez los requisitos para el pago en línea sin tarjeta de crédito (pagos hechos mediante dispositivos electrónicos).

Uno de los aspectos clave de esta regulación es que los bancos no podrán cobrar recargos a sus clientes por el coste que les suponga cumplir con determinadas obligaciones de información que impone el Real Decreto.

En este sentido, una de las garantías más importantes para el usuario es la establecida en el artículo 46 de este Real Decreto, cuando determina una responsabilidad máxima del usuario por 50 euros en caso de que se produzca una operación de pago no autorizada, siempre que el instrumento de pago haya sido utilizado por terceros debido a robo, apropiación indebida o extravío.

El RD prevé igualmente un régimen sancionador de aplicación a los proveedores de servicios de pagos, que será supervisado y aplicado por el Banco de España y, ello, sin perjuicio de que el Banco de España informe al denunciante que existe la posibilidad de acudir a los Tribunales competentes o la existencia de resolver el asunto mediante procedimientos extrajudiciales.

Estos procedimientos extrajudiciales están encaminados a simplificar y agilizar la resolución de este tipo de conflictos, ya que el servicio de atención al cliente del proveedor dispone de un periodo máximo de 15 días para resolver sobre el asunto concreto.

En conclusión, este Real Decreto introduce importantes modificaciones en los servicios de pago con el objetivo de armonizar la regulación con el resto de países miembros de la Unión Europea y de ofrecer seguridad a los usuarios, delimitando aspectos como la responsabilidad o las vías que estos tienen para reclamar frente a los operadores de este tipo de servicios.