Juan Ignacio de Molina - Socio del área fiscal de Deloitte
Los precios de transferencia ya no son un “gran desconocido” para las empresas españolas. No obstante, la reciente introducción en España de la normativa de precios de transferencia ha coincidido con una época de fuerte recesión mundial que ha complicado sustancialmente su aplicación e implementación. A continuación se presentan desde un punto de vista práctico las preguntas y posibles soluciones que pueden surgir en un análisis de precios de transferencia dentro de un grupo de sociedades.
El punto de partida sería definir los aspectos, dentro de la práctica fiscal de precios de transferencia, más influenciados por la crisis actual. Estos serían:
- Se complica considerablemente la realización de estudios de comparabilidad para determinar, lo que la normativa española define como “valor de mercado”.
- Las empresas se enfrentan a pérdidas que nada tienen que ver con los precios de transferencia.
- Los objetivos de reducida rentabilidad para estructuras multinacionales con empresas de “riesgo limitado” pero “beneficio asegurado”, pueden incluso estar fuera de mercado en un entorno de reducción de beneficios, e incluso pérdidas, a nivel consolidado.
- Las empresas se enfrentan a elevados costes de reestructuración.
- Las haciendas nacionales tienen el punto de mira en los precios de transferencia para mantener sus ingresos fiscales.
Centrándonos en el primero de estos puntos, se comenta a continuación parte de la problemática que surge hoy en día en los análisis de comparabilidad, de cara a aportar posibles soluciones.
Un análisis de comparabilidad partiría de la identificación de potenciales comparables internos (i.e. si la empresa sujeta a análisis realiza transacciones similares a las evaluadas con empresas independientes). Si la similitud cumple ciertos requisitos, los precios o márgenes obtenidos con partes vinculadas y con terceros deberían ser también similares. No obstante, en la gran mayoría de situaciones, no existen esos denominados “comparables internos”. Es por ello que se debe realizar un estudio de mercado (“benchmark”) para determinar cuál es el margen (sobre ventas, costes, activos, etc.) obtenido por entidades independientes que realizan transacciones similares con partes no vinculadas. Éstas compañías serían las denominadas “compañías comparables”.
El problema surge en el marco temporal en el que se realiza el “benchmark”. Es decir, la información de las compañías comparables se obtiene de bases de datos públicas que se nutren de la información financiera depositada por estas compañías en sus respectivos registros mercantiles. Esto implica que si se está realizando un estudio en 2009, los últimos datos financieros de las compañías comparables de los que se dispone son, en el mejor de los casos, del ejercicio 2007. Es decir, comparamos datos de nuestra empresa en época de fuerte recesión, con datos de empresas comparables en épocas de bonanza.
Una posible solución podría consistir en seguir las Directrices de la OCDE donde se nos abre la posibilidad de realizar ciertos ajustes financieros objetivos para incrementar el grado de comparabilidad. Se trata de ajustar los resultados financieros de las empresas comparables para que reflejen la diferencia en resultados entre 2007 y 2009. Este ajuste se basa en un importante supuesto: en la época de crisis actual se ha producido un descenso considerable en las ventas, no obstante los costes no se han reducido en la misma proporción. Ello implica una reducción directa de beneficios. Mediante modelos de regresión basados en datos históricos (i.e. información empírica de estudios de otros períodos de recesión económica), se pueden ajustar los resultados financieros de las compañías, en la situación actual, a la baja, de cara a que éstos ofrezcan un mayor grado de comparabilidad con los datos de 2009.
¿Qué se debe hacer cuando analicemos los precios de transferencia de una empresa una vez se ha superado la crisis? Se ha de ser consistente y analizar si hay datos empíricos fiables que nos permitan incrementar los resultados de las compañías comparables de los ejercicios 2008 y 2009 (período de crisis).
Éste es un único ejemplo de cómo incorporar esta situación económica en la determinación del precio de transferencia. Hay muchos otros impactos y posibles alternativas de análisis. En todo caso, los análisis, ajustes y soluciones deben ir encaminados a cumplir con el principio general de los precios de transferencia, esto es, el valor de mercado.