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La sociedad Google LLC ofrece, entre otros servicios, el denominado “Google Street View”. Dicho servicio es un complemento de “Google Maps” que permite ver imágenes de las calles y carreteras de todo el mundo, y por tanto de España. Para ofrecer dicho servicio, Google LLC capta imágenes a través de una flota de vehículos que recorren las diferentes vías llevando a cabo el denominado “Proyecto Google Street View”. Google LLC es la sociedad que ha diseñado el software empleado en la captación de información, ha facilitado los equipos para esa captura de imágenes, y la que ha creado los ficheros en los que se registra dicha información para poder ser utilizada a través de Internet.

Pues bien, mientras la flota de vehículos de Google LLC circulaba por las calles y carreteras de España, a través de las redes Wifi abiertas, recogía datos personales de tipología diversa sin que los titulares de dichos datos tuviesen conocimiento de ello. Entre otros datos, se recogió información relativa a direcciones de correo electrónico de personas físicas, códigos de usuario y contraseña que permiten el acceso a cuentas de correo electrónico, y direcciones IP. La AEPD no dispone de ninguna prueba de que se tratasen datos especialmente protegidos.

La AEPD ha sancionado a Google LLC por estos hechos, ya que ha considerado que se ha infringido el artículo 6 de la actual Ley Orgánica de Protección de Datos, que establece que “El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado (…)”. Dicha infracción ha sido calificada por la AEPD como grave, y ha impuesto a la Sociedad una sanción de 300.000 euros.

Con motivo de la presente resolución, queremos aprovechar la ocasión para recordarles que, a partir del 25 de mayo de 2018, será de aplicación el Reglamento General de Protección de Datos, y que éste, introduce una serie de novedades, entre las que se encuentra la obligatoriedad de que el consentimiento al tratamiento de datos de carácter personal sea prestado de forma inequívoca y explícita. Desde AddVANTE nos ponemos a su disposición para resolver cualquier tipo de consulta relacionada con la protección de datos personales, así como para la adaptación de sus procedimientos internos a fin de cumplir con las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos.


Por: Eulalia Rubio

Fuente: AddVante

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