Si ya te han concedido el visado de residencia y trabajo debes entrar en España en el plazo de vigencia de dicho visado, que en ningún supuesto será superior a tres meses.
Una vez en España, deberás solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en la Comisaría de Policía que te corresponda en función del domicilio en el que te hayas empadronado. Pero, para tramitar dicha tarjeta es imprescindible que tu empleador te haya dado de alta en la Seguridad Social con anterioridad.
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados
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