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Para contraer matrimonio civil en España hay que presentar una serie de documentos que formarán el expediente matrimonial y que servirán al Juez Encargado para autorizar o no el matrimonio.

La documentación básica, sean los novios españoles o extranjeros, es:

  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de estado civil actual.
  • Acreditar el domicilio de los 2 últimos años.
  • Copia de los documentos de identidad.

Las personas divorciadas o viudas deberán aportar, además, certificado de su matrimonio anterior, con la anotación de divorcio en el primer caso, y añadir el certificado de defunción del anterior cónyuge en el segundo.

Los documentos extranjeros deberán estar legalizados vía diplomática o apostillados según el país, y traducidos al español si están redactados en lengua extranjera.

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Elvira Rodríguez
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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