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Renovar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, cuando el vínculo en virtud del cual ha sido expedida, es el de ser hijo mayor de 21 años del ciudadano comunitario, es muy difícil, puesto que para renovarla, se exige probar que se ha dependido de quien ha dado el derecho, y aquí radica la principal dificultad, ya que estamos hablando de una tarjeta de residencia que permite trabajar y de que, quien la tiene está en edad laboral. Por lo que, salvo que durante el tiempo de vigencia de la misma, se haya estado estudiando o por causas debidamente justificadas, no se haya podido trabajar, no será posible la renovación.

Sin embargo, aunque no se pueda continuar en el régimen comunitario, es una realidad incontestable, que se ha sido residente legal en España durante 5 años, por lo que sería posible solicitar una autorización de residencia de larga duración de régimen general, si se cumplen los requisitos previstos para ello.

Este cambio es más fácil de lo que puede parecer a simple vista, la presentación de la solicitud no exige cita previa, sino que puede hacerse de forma telemática, y de la misma forma se puede recibir la respuesta de la Oficina de Extranjería.

No lo dudes, si éste es tu caso, ponte en contacto con nosotros, presentaremos tu solicitud, de forma rápida, sencilla y cómoda para ti, puedes hacernos llegar la documentación escaneada, sin moverte de tu domicilio y nosotros nos ocuparemos de todo; llámanos al teléfono 932158077 o escríbenos un correo a infodespacho@antoniosegura.es y te asesoraremos.

Blanca Villamarín
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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