Durante el mes de noviembre, las compañías que han cerrado el ejercicio 2017 en diciembre, deben presentar el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones relacionadas con países o territorios considerados como paraísos fiscales.
El modelo 232 incluye tres ámbitos:
Las compañías obligadas a su presentación son aquellas que cumplen alguno de los siguientes requisitos:
a. las realizadas con empresarios en estimación objetiva que ostenten al menos el 25% del capital;
b. las relativas a transmisión de negocios;
c. las relativas a transmisión de acciones o participaciones no cotizadas;
d. las relativas a operaciones sobre inmuebles;
e. las relativas a operaciones sobre activos intangibles.
Con las siguientes excepciones:
En la declaración se tienen que identificar las personas o entidades vinculadas con las que se tienen operaciones, tipo de operación, importes y método de valoración. Y obviamente, dicha información ha de ser coincidente con los correspondientes libros de operaciones vinculadas e informes sobre precios de transferencia.
2. Las operaciones con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, haya o no vinculación, sea cual sea el importe de las transacciones.
3. Las operaciones con partes vinculadas a las que el contribuyente ha aplicado la reducción del artículo 23 LIS (cesión de ciertos activos intangibles – Patent box), sea cual sea el importe de las transacciones.
Para ampliar información sobre el modelo 232, o cualquier otro aspecto relativo a la política fiscal de su empresa, no dude en contactar con nosotros.
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