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Como todos los principios de año, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social junto con la Agencia Tributaria, ponen en conocimiento de todos los ciudadanos, las novedades en materia de cotización y tributación que deben aplicarse a nivel laboral a partir del 1 de enero de 2017. Estas medidas van desde la ampliación del permiso por paternidad, incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), pasando por los nuevos topes máximos de cotización a la Seguridad Social hasta la nueva página web de la Agencia Tributaria.

El salario mínimo interprofesional sube un 8%

El Consejo de Ministros con fecha 30 de diciembre de 2016 apruebó el Real Decreto por el que se fija la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2017 en 707,70 euros mensuales, lo que supone un incremento del 8%. Se ha fijado en 23,59 euros diarios y 9.907,80 euros al año.

Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, el SMI queda fijado en 33,51 euros por jornada. En tanto que para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el SMI queda fijado en 5,54 euros por hora trabajada.

La nueva cuantía, que representa un incremento del 8 por 100 respecto de la vigente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, considera de forma conjunta todos los factores contemplados en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Incremento del 3% de las bases máximas de cotización a la Seguridad Social

En el Capítulo II del Real Decreto-Ley, por una parte, se establece la actualización del tope máximo y de las bases máximas de cotización en el sistema de la Seguridad Social (art. 9), introduciéndose, por otra, una previsión legal dirigida a los futuros incrementos del tope máximo, de las bases máximas de cotización y del límite máximo de las pensiones del sistema de la Seguridad Social (art. 10):

.- Las cuantías del tope máximo de la base de cotización a la Seguridad Social en aquellos regímenes que lo tengan establecido y de las bases máximas de cotización aplicables en cada uno de ellos se incrementarán, a partir del 1 de enero de 2017 en un 3% respecto a las vigentes en el año pasando de 3.642,00€/mes a 3.751,20 €/mes.

.-Los incrementos del tope máximo de la base de cotización y de las bases máximas de cotización en el sistema de la Seguridad Social, así como del límite máximo para las pensiones causadas en dicho sistema, que se realicen con posterioridad al establecido en este Real Decreto-Ley se ajustarán a las recomendaciones efectuadas en tal sentido por la Comisión Parlamentaria Permanente de Evaluación y Seguimiento de los Acuerdos del Pacto de Toledo y los acuerdos en el marco del diálogo social (art. 10).

Ampliación del permiso de paternidad desde el 1 de enero de 2017

Los trabajadores que se conviertan en padres a partir del 1 de enero de 2017 podrán disfrutar de 4 semanas de permiso por paternidad. Cada año, una media de más de 240.000 trabajadores se acogen a esta prestación.

Hasta ahora los padres han disfrutado de 15 días de descanso (13 días más 2 por el Estatuto de los Trabajadores). Desde el día 1 de enero el permiso se amplía a 28 días, que se incrementará en dos días más por cada hijo a partir del segundo, en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples.

La prestación por paternidad es independiente de la de la madre y compatible con el disfrute compartido de la de maternidad, siempre que sea cedido por la madre.

La cuantía del subsidio es del 100% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes, al igual que la prestación por maternidad.

Revalorización de las Pensiones del Sistema de la Seguridad Social

Se establece la ampliación de las pensiones públicas del sistema de la Seguridad Social sobre revalorización de pensiones de clases pasivas y sobre otras prestaciones sociales públicas para 2017, según el cual el conjunto de las pensiones y prestaciones económicas subirá el 0,25 por 100.

Las previsiones de la Seguridad Social valoran el incremento en 9.476.780 para las pensiones contributivas, 455.229 en las pensiones no contributivas y 191.240 por prestaciones familiares.

De las 9.476.780 pensiones contributivas que se revalorizaron desde el 1 de enero, seis de cada diez son de jubilación. El coste total de la revalorización para 2017 alcanza los 288,23 millones de euros y el límite máximo de pensiones públicas se fijó desde el 1 de enero de 2017 en 2.573,70 euros por mes (el pasado año era de 2.567,28).

En cuanto a las correspondientes a clases pasivas, son 625.332 pensiones con un coste total de revalorización que alcanza los 33,81 millones de euros. El Real Decreto establece también los importes de las pensiones mínimas de clases pasivas y el límite máximo de percepción de pensiones públicas para 2017, así como las cuantías de los haberes reguladores aplicables para la determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado.

De la misma forma, el Real Decreto aprobado fija la revalorización del 0,25 por 100 de las cuantías mínimas de las pensiones de clases pasivas y del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, de las pensiones no contributivas y de las pensiones no concurrentes del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez. Además, se actualizan las cuantías de las asignaciones a favor de hijos con discapacidad con dieciocho o más años.

Se regula también la revalorización de las pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; de las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo; de las pensiones reconocidas en aplicación de normas internacionales; las normas sobre concurrencias de pensiones, la financiación y la gestión de la revalorización.

Hacienda pone a disposición de los contribuyentes el cálculo ‘online’ de las retenciones del IRPF de 2017

La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes en su página web el cálculo ‘online’ de las retenciones del IRPF 2017, aunque no incorpora ninguna novedad respecto a 2016, ya que en el ejercicio del 2017 no figura ningún cambio fiscal en este impuesto.

No obstante, si las circunstancias personales o salariales del contribuyente cambian en 2017, las retenciones que practican las empresas en la nómina de sus empleados pueden subir o bajar el próximo año de acuerdo con los eventuales cambios.

Con esta herramienta, el contribuyente puede calcular la cuantía y el tipo de retención que le corresponden en su nómina según las retribuciones que recibirá en 2017, conforme se establece en el artículo 80 del reglamento del IRPF.

Así, con este programa de ayuda, los trabajadores podrán saber cuál es la retención del IRPF que debe aplicarle su empresa en función de sus condiciones personales y laborales, con solo consignar sus retribuciones brutas anuales y su situación personal y familiar.

La campaña de la Renta comienza el 5 de abril

Por otro lado, la campaña de la renta de 2016 comenzará el próximo 5 de abril de 2017 para la presentación telemática (el 11 de mayo para la presencial) y se extenderá hasta el 30 de junio. Si el resultado sale a ingresar y se quiere domiciliar el pago, el plazo concluye el día 26 de junio.

La principal novedad es quedesaparece definitivamente el programa Padre” de ayuda a la confección de la declaración de la renta, que ya se eliminó el año pasado para la mayoría de los contribuyentes y únicamente quedó relegado a los declarantes de actividades económicas, básicamente autónomos.

Por segunda vez en la campaña de la renta, los contribuyentes dispondrán del sistema ‘Renta web’, que se generaliza ya para todos los declarantes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas (del trabajo, capital o actividades económicas) y que ha venido a sustituir al Programa Padre y al borrador del IRPF, ya que se trata de una mezcla de ambos.

Javier Simarro Mínguez

Fuente: Medina Cuadros Abogados

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