El finiquito se debe abonar al trabajador en cualquier tipo de extinción de la relación laboral, ya que se trata de un concepto diferente al de indemnización. Incluso cuando es el empleado quien dimite (renuncia voluntaria), ya que en dicha circunstancia también ha de cobrar el finiquito o liquidación. Mientras tanto, la indemnización solo tendrá lugar cierta modalidad de despido por parte del empresario. Pero si la empresa vulnera ese derecho del empleado al finiquito, este puede reclamar ante los tribunales.
El llamado documento de saldo y finiquito es un escrito que se entrega al trabajador al finalizar su relación laboral con la empresa. En él vienen indicadas todas aquellas cantidades que se adeudan en la fecha de efectos establecida, sea cual sea la causa. Y tanto si es un despido, como una finalización de contrato o una renuncia voluntaria. Todo ello se regula en elartículo 49.2 del Estado de los Trabajadores .
El finiquito, generalmente, se compone de:
Existe la posibilidad de que el saldo de finiquito salga a favor de la empresa, teniendo el trabajador que abonar una cantidad. Esto puede ocurrir, por ejemplo, en caso de que se hayan disfrutado de más días de vacaciones de las que correspondían. O porque se haya adelantado algún pago o nómina, entre otros factores.
Siempre que se acabe una relación laboral, ya sea por despido (en cualquier modalidad) o a través de una renuncia voluntaria (dimisión), todo trabajador tiene derecho a cobrar un finiquito. Y, por tanto, a que la empresa le liquide lo que le corresponde.
En contrapartida, la indemnización solamente procederá cuando haya un despido -excepto si se trata de uno disciplinario procedente-. Pero incluso en este supuesto, se tendrá que cobrar, además, el debido finiquito.
En cualquiera de los dos casos, el trabajador puede reclamarlo. Si se quieres evitar la vía judicial, se puede exigir directamente a la empresa que entregue y/o pague el finiquito, tanto en persona como a través de una comunicación escrita. Aunque lo más recomendable es hacerlo por escrito, con el fin de quede constancia de que se ha realizado la reclamación.
Pero si el empresario ignora esta reclamación, el trabajador tendrá un año para reclamar por vía judicial el pago del finiquito. Este plazo que empieza a contar desde el día en que se debería haber liquidado.
El proceso para realizar una reclamación del finiquito es igual al que hay que seguir si se reivindica un salario no percibido o una indemnización: primero hay que presentar una papeleta de conciliación, y posteriormente, si es necesario, una demanda ante el Juzgado de lo Social para luchar por las cantidades reclamadas.
Al reclamar judicialmente el pago de un finiquito, se cuenta con la opción de pedir un 10% de intereses por retraso en el cobro.
También puede suceder que se entregue el finiquito y el receptor no esté de acuerdo con las cantidades que se le reconocen. En este supuesto, para comprobarlo y reclamar, el trabajador o sus abogados debe hacer los cálculos exactos correspondientes a los distintos conceptos que tienen que estar incluidos. Y si se tienen dudas, siempre es conveniente pedir cuantías más elevadas a las que figuran en el documento actual, ya que posteriormente no será posible reclamar más de lo que se refleje en la papeleta de conciliación.
Si se deja un trabajo voluntariamente, aunque no se tenga derecho a una indemnización, sí se ha de cobrar un finiquito. Porque hay importes que, aunque en ese momento aún no se hayan cobrado, la empresa debe pagarlos. Por vacaciones no disfrutadas o por proporciones de pagas extras no percibidas, por ejemplo. Y si el empresario no cumple con esta normativa, o las cifras no concuerdan, se puede reclamar. El primer paso sería un acto de conciliación, y si allí no se alcanza un acuerdo, presentar una demanda judicial.
Marc Nicolau y soy abogado especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social con más de diez años de experiencia.