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Cuando se juntan las situaciones de maternidad e incapacidad permanente -entre otras pensiones- se genera el derecho al complemento de maternidad. Este concepto se enfocaba, hasta hace muy poco, en el colectivo de mujeres que son madres de, al menos, dos hijos. Pero ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado discriminatorio el complemento de maternidad, de manera que los padres varones que se encuentren en idénticas circunstancias también podrán reclamarlo.

De modo que tanto si eres hombre o mujer y te han concedido una pensión contributiva incapacidad permanente (o de también de viudedad o jubilación) debes saber que te corresponde un ingreso adicional por maternidad/paternidad. Aquí te explicamos qué personas pueden solicitarlo, además de los porcentajes a percibir y qué otras ventajas existen por maternidad.

¿Qué es el complemento de maternidad?

El complemento de maternidad se aprobó en España en 2016 y estaba dirigido únicamente a las mujeres con dos o más hijos. La recepción de este complemento supone un importe a sumar en las pensiones contributivas de viudedad, jubilación o incapacidad permanente. Las pensiones se ven aumentadas en un 5% si la mujer tiene dos hijos; un 10% con tres o más hijos; y un 15% si tiene cuatro o más hijos. No obstante, como indicábamos al comienzo de este post, desde ahora ya no se hablará de mujer sino de madre o padre indistintamente, una vez abierta esta vía por el TJUE.

Requisitos y particularidades

  • Ser madre (o recientemente, padre) de dos o más hijos
    • Los hijos nacidos deben haber vivido al menos un día y estar inscritos en el Registro Civil
    • No se exige que los hijos hayan nacido dentro del territorio español
    • Es indiferente que sean hijos biológicos o adoptivos
    • Aunque los hijos sean mayores de edad y estén emancipados, el complemento de maternidad se cobra de igual forma
  • ¿Cómo se aplica este complemento?

    El complemento de maternidad es un plus que se añade a la base reguladora de la pensión. Pero también se aplica sobre las pensiones máximas y mínimas establecidas. Por ejemplo, a una persona que tuviera derecho a percibir una pensión de 500 € se le sumaría el complemento de mínimos, con lo que llegaría a los 677 € que establece la ley. Pero, además, si es madre o padre, se le añadirá el complemento de maternidad (con el tanto por ciento correspondiente, que varía dependiendo del número de hijos).


    En las pensiones máximas también se aplica este complemento, pero con un límite. Este tope hace que se suela aplicar normalmente, y como máximo, un 50% del complemento de maternidad. De modo que la base de 2.659 € -el máximo en 2019- puede llegar a los 2.700 €.

    El motivo del complemento de maternidad

    La temática que estamos tratando solía suscitar debates, tanto es así que ya se ha tachado legalmente de norma discriminatoria. Por eso es interesante explicar el motivo inicial de la implantación de esta ayuda. La Seguridad Social premiaba hasta este momento solamente a las madres (no a los padres), con la clara intención de aliviar la presión demográfica, que en las últimas décadas se muestra claramente desequilibrada. Con una población envejecida ante la falta de nuevos nacimientos, el objetivo no era otro que incentivar la natalidad.

    Pero también se deseaba paliar situaciones de mayor vulnerabilidad, como la de las mujeres que no han cotizado -al ser “amas de casa”- o no lo han podido hacer a tiempo completo -por el hecho de verse a veces obligadas a reducir sus jornadas laborales para atender a sus hijos-. O porque han trabajado en puestos en los que la cotización era inferior a la de los hombres.

    Más ventajas para las madres

    En nuestro país, además de esta compensación económica ahora abierta a los padres, ser madre también conlleva otros beneficios. Existen sobre todo ventajas en materia de cotización. Por ejemplo, 112 días de cotización por parto, aún estando en situación de desempleo. O también, de cotización mantenida a jornada completa aunque los dos primeros años tras el nacimiento se trabaje a jornada reducida.

    Conclusión

    El complemento de maternidad, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha calificado como discriminatorio, fue pensado para favorecer a las mujeres que se han podido ver perjudicadas en el terreno laboral debido a su maternidad, además de para fomentar la natalidad. Sin embargo, ese porcentaje a añadir a su pensión, ahora se extiende también al género masculino si los hombres cumplen las mismas condiciones.