Al solicitar cualquier Incapacidad permanente es necesario pasar por el Tribunal Médico, y muchas veces se produce una situación de inquietud y desconocimiento ante la documentación a aportar, lo que va a suceder, y cómo funciona este organismo.
Vamos a contarte en qué consiste el Tribunal Médico y algunas consideraciones importantes al respecto que debes tener en cuenta si tienes que pasar por ello en el proceso de solicitar una incapacidad .
En este artículo vamos a hablarte de:
¿Comenzamos?
El Equipo de Valoración de Incapacidad E.V.I o como se le llama más coloquialmente, el Tribunal Médico, es un organismo del
, que se encarga de evaluar las solicitudes de incapacidades laborales. Está compuesto de médico inspectores, facultativos, inspectores de trabajo, inspectores de la seguridad social y otros funcionarios; y su función es esencialmente evaluar cualquier posible caso de Incapacidad Laboral independientemente del grado, así como las revisiones.
Así pues, el E.V.I es una de las piezas de la Seguridad Social encargadas de garantizar que ninguna persona se quede en un estado de desamparo por lesiones, enfermedades o accidentes si no puede ejercer tanto su actividad profesional previa, como otra distinta o ninguna.
El E.V.I o Tribunal Médico de la Seguridad Social, se encarga como hemos dicho de evaluar las solicitudes de incapacidades presentadas.
No sólo revisa las solicitudes y evalúa al paciente y su capacidad de mejora para determinar si proceden revisiones en el futuro, sino que necesita también toda la documentación posible de los médicos que han tratado al solicitante para ayudarles en su dictamen.
El plazo máximo que contempla la ley para que recibas resolución es de 135 días. El INSS te comunicará la resolución por escrito (normalmente con un aviso previo), siendo habitual que esto ocurra en un plazo mucho más corto que el máximo legal contemplado.
Ten en cuenta que la resolución de tu solicitud de Incapacidad Permanente recae sobre el EVI de la provincia en la que residas, contando cada Dirección Provincial del INSS con su propio EVI, con la excepción de Cataluña, que cuenta con un órgano específico para la valoración de incapacidades (SGAM )
.
En el caso de que transcurrido el plazo de 135 días, el INSS no te ha notificado resolución, esta deberá entenderse como desestimada por silencio administrativo negativo.
Una de las posibilidades que pueden darse es que el tribunal médico resuelva de forma que el INSS deniegue tu solicitud de Incapacidad Permanente o un grado con el que no estás de acuerdo.
Tal como te explicamos en este nuevo artículo , lo más común y lo más frecuente es que el INSS deniegue en un primer momento la incapacidad, salvo que tus lesiones sean de una elevada gravedad y evidentemente incapacitantes.
Si tienes un especialista haciéndose cargo de tu caso, te informará y solicitará toda la información necesaria para poder ayudarte con ella, pero si estás tramitando tu propia incapacidad es importante que sepas que debes llevar todos los informes médicos de los que dispongas contigo, tanto históricos como lo más actualizados posible.
El Dictamen-Propuesta, como puedes ver en la propia documentación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, es un documento en el cual se incluye a modo de resumen, toda la documentación generada en la solicitud de la Incapacidad, así como la documentación aportada por el paciente que venga de otros expertos que no sean del propio Tribunal, y los resultados de las pruebas que se hayan realizado al paciente en el caso de que existan.
En el Dictamen también se incluye información sobre las actividades profesionales previas del solicitante.
Además de la documentación, el objetivo y la parte más importante del Dictamen-Propuesta es la resolución de los médicos del tribunal en base a la documentación presentada, las pruebas realizadas, y el estado del solicitante.
También incluye la posibilidad de mandar la incapacidad a revisión en el caso de que pueda haber una mejora en el futuro, y el plazo para esta revisión si procede, así como las prestaciones económicas a las que puede optar el solicitante.
Una vez presentado, el Dictamen-Propuesta se eleva al organismo de la Seguridad Social correspondiente.
Si, después de su presentación hay determinados plazos y procedimientos si no se está satisfecho con el Dictamen.
El proceso puede resultar un poco complejo, así que siempre te recomendamos que recurras a un abogado especializado en este tipo de procedimientos para que te diga a qué prestaciones puedes optar, y consiga la mejor para ti; pero especialmente si quieres reclamar tanto la resolución del Dictamen-Propuesta como de la revisión de una incapacidad, te lo recomendamos más aún.
La incapacidad tiene diferentes grados y puede ser de diferentes tipos como ya sabrás, pero todas ellas pasan por el Equipo de Valoración de Incapacidades.
Los grados de incapacidad se clasifican en función de la intensidad y el tipo de lesiones o enfermedades que limitan la actividad laboral de una persona.
La Incapacidad permanente es conocida coloquialmente como "estar de baja"; y consiste en que debido a un accidente, lesión o enfermedad la capacidad de trabajo de la persona se reduce en diferentes grados.
Es posible solicitarla a la seguridad social, y en función del tipo de lesiones o enfermedades que presente la persona tendrá una duración diferente.
La Incapacidad permanente es la que ocasiona al trabajador una disminución del rendimiento en su profesión habitual o en cualquier profesión, siendo la profesión habitual la que el trabajador ejerce en el momento de solicitar la incapacidad.
Dependiendo del alcance de las lesiones o problemas que presente el solicitante, se distinguen varios tipos de incapacidad permanente :
PARCIAL
TOTAL
ABSOLUTA
GRAN INVALIDEZ
El E.V.I o Tribunal Médico es el equipo encargado de evaluar el estado del solicitante de la incapacidad independientemente del tipo que sea, de establecer el plazo para la revisión, y rechazar las solicitudes si procede.
Se compone tanto de médicos como de representantes de la Seguridad Social que se encargarán de ponerle el sello oficial al estado del solicitante y las prestaciones económicas que podrá recibir, qué empleos puede desempeñar y cuáles no.
Esperamos haber aclarado todas tus dudas sobre qué es el Tribunal Médico, si tienes cualquier duda déjanos tu comentario y te responderemos personalmente.