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Aspectos relevantes del Tribunal Unificado de Patentes y su operativa desde su puesta en marcha en junio de 2023.

A finales de diciembre de 2023, se publicó en el sitio web del Tribunal Unificado de Patentes (“TUP”) un documento resumen sobre la actividad el TUP sus primeros seis meses de funcionamiento (junio de 2023). En su sitio web también están disponibles las primeras decisiones y órdenes.

Es un momento apropiado para conocer esta actividad y también para situar el marco legal y la función del TUP, como tribunal especializado en patentes.

¿Qué es el Tribunal Unificado de Patentes?

Como comentábamos en una entrada anterior (“La patente unitaria y el Tribunal Unificado de Patentes ya son una realidad”), el TUP es un tribunal común y especializado en los litigios relacionados con las patentes europeas y las patentes europeas con efecto unitario.

El proyecto del TUP se remonta al año 2012, en el que surge una iniciativa legislativa de la Unión Europea compuesta por las siguientes normas:

Tras muchas “idas y venidas” -incluyendo la adhesión tardía al ATUP por parte de Italia, el Brexit y la valoración de la constitucionalidad del ATUP por parte del Tribunal Federal Constitucional Alemán-, once años después se logró obtener la ratificación del ATUP por más de 13 Estados miembros de la Unión Europea.

En consecuencia, el pasado 1 de junio de 2023 el ATUP entró en vigor y, con ello, el TUP y la patente unitaria.

¿Forma parte España del ATUP? ¿Tiene o tendrá implicaciones para nuestros tribunales y las empresas españolas?

España no forma parte del ATUP.

Actualmente, los Estados miembros de la Unión Europea que han ratificado el ATUP (en los que el TUP tiene jurisdicción y en los que las patentes unitarias despliegan efectos) son 17: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal y Suecia. Además, otros 7 Estados miembros han firmado el ATUP pero no lo han ratificado: es el caso Chipre, República Checa, Grecia, Hungría, Irlanda, Rumanía y Eslovaquia.

Tal y como avanzábamos en esta entrada del blog y, según se ha confirmado en numerosos foros de debate durante estos últimos meses, el hecho de que España no forme parte del ATUP no implica que los tribunales y las empresas españolas se vayan a mantener al margen de las decisiones del TUP. Este hecho se debe a una serie de razones, que resumimos a continuación:

  • Nos encontramos ante un tribunal especializado que, al menos en el medio plazo, contará con un amplio volumen de decisiones que aplican derecho de la Unión y derecho internacional privado. Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se encargará de resolver las cuestiones prejudiciales que el TUP le plantee.
  • Las decisiones del TUP (presumiblemente) serán consistentes y de alta calidad, dada la especialización técnico-jurídico de los integrantes de cada división del TUP. Esto podrá coadyuvar a la toma de decisiones por parte de nuestros tribunales.
  • Las empresas que operen en España y en territorios en los que despliega efectos el TUP o que tengan allí registradas patentes europeas (con o sin efecto unitario) podrán verse inmersas en procedimientos ante el TUP: acciones de infracción, negatorias o de nulidad.
  • En función del sector o de su estrategia en innovación, las empresas también deberán valorar y elegir si sus patentes europeas “clásicas” quedan bajo el paraguas de la jurisdicción del TUP o si siguen quedando bajo la de los tribunales nacionales en los que estén validadas en virtud del Convenio de Múnich acudiendo a la vía del opt-out a la que nos referimos seguidamente.

Periodo transitorio: opt-out.

El ATUP establece un periodo transitorio de 7 años -a contar desde el 1 de junio de 2023 y que puede prorrogarse-, que los solicitantes/titulares de patentes deberán tener en cuenta respecto a sus patentes europeas sin efecto unitario (las patentes europeas “clásicas”).

En este periodo, cada solicitante/titular de una patente europea tendrá la posibilidad de acudir al mecanismo de “opt-out” para que dicha patente no tenga efecto unitario y quede excluida de la jurisdicción del TUP. En consecuencia, los tribunales de los Estados miembros del Convenio de Múnich en los que dichas patentes europeas estén validadas seguirán siendo los que conozcan de acciones de infracción o nulidad que afecten a dichas patentes (v. artículo 83.1 del ATUP).

El mecanismo de ”opt-out” es voluntario, aunque no podrá acudirse a él si ya se han iniciado acciones ante el TUP respecto a la patente europea de que se trate, y esta exclusión surtirá efectos en el momento de su inscripción en el registro del TUP. También será posible retirar dicha exclusión en cualquier momento (v. artículo 83.3 del ATUP).

Lo anterior implica que en los próximos años las empresas podrán contar con hasta tres tipos de patentes que coexistirán entre sí: patentes nacionales, patentes europeas sin efecto unitario (“clásicas”) validadas en territorios concretos y patentes europeas con efecto unitario en los territorios que han ratificado el ATUP.

La actividad del TUP en sus primeros 6 meses

Las distintas divisiones del TUP son competentes en exclusiva para conocer de las acciones previstas en el artículo 32 del ATUP. A este respecto, según el documento resumen que el TUP publicó en su sitio web, el TUP ha recibido 160 asuntos:

  • 67 acciones de infracción, ventiladas mayormente ante las divisiones locales alemanas;
  • 48 demandas reconvencionales de nulidad iniciadas por los demandados por infracción en 18 acciones;
  • 24 acciones de nulidad;
  • 13 solicitudes de medidas cautelares;
  • 5 solicitudes de aseguramiento de prueba; y
  • 1 solicitud de orden de inspección, acción de daños y acción negatoria, respectivamente.

El idioma de estos procedimientos en el 49% de los casos es el alemán y le siguen el inglés (40%), el francés (4%), el italiano (4%) y el holandés (3%).

Aunque las divisiones locales de Copenhague, Lisboa y Liubliana aún no han tenido ocasión de resolver ningún asunto, sin duda lo harán durante los próximos meses y, junto a las restantes divisiones, poco a poco se irán generando precedentes.

  • Raúl Pérez Terol
  • David Meshaka