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La Propuesta de Directiva sobre blanqueo ecológico o “greenwashing” tendrá importantes afectaciones en la industria de la moda

La creciente preocupación social por el medioambiente, el clima y la protección de la biodiversidad ha fomentado el surgimiento de prácticas empresariales que se aprovechan de la sensibilidad de los consumidores en relación con estos temas, con declaraciones no contrastadas sobre su supuesta conciencia ambiental. Este fenómeno es conocido como “Greenwashing” o “blanqueo ecológico”.

Estas prácticas son empleadas en múltiples sectores, entre ellos el sector de la moda, en el que nos centraremos en esta publicación.

Propuesta de Directiva de Greenwashing

El 22 de marzo de 2023, la Comisión Europea presentó una Propuesta de Directiva sobre declaraciones medioambientales, como medida para implantar un marco regulatorio armonizado en materia de alegaciones medioambientales en la Unión Europea (“Propuesta de Directiva Greenwashing”) sobre la que ya tratamos en esta entrada. Esta Propuesta se remite a la definición de “alegación medioambiental” que se prevé en otra Propuesta de Directiva (la Propuesta de Directiva sobre empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica, que prevé modificar la Directiva sobre prácticas desleales). Esta definición considera “alegación medioambiental” todo mensaje o representación en el contexto de una comunicación comercial (incluyendo la representación textual, pictórica, gráfica o simbólica, en cualquier forma, incluidas las etiquetas, las marcas comerciales, los nombres de empresas o los nombres de productos) que indique o implique que un producto o una empresa (i) tiene un impacto positivo o nulo en el medio ambiente; (ii) es menos perjudicial para el medio ambiente que otros productos o empresas; o (iii) ha mejorado su impacto medioambiental.

La Propuesta de Directiva Greenwashing supone un paso importante para la UE en la consecución de los objetivos marcados en su Pacto Verde Europeo, en el que también se enmarca la Estrategia para la circularidad y sostenibilidad de los productos textiles. De acuerdo con los datos de la UE, en la actualidad el sector textil es el cuarto dentro de la UE con mayor impacto en el medio ambiente. Este alto impacto medioambiental deriva principalmente del fenómeno “fast fashion” (o moda rápida), es decir, la producción masiva y el consumo a gran escala de prendas textiles. En su Estrategia para Textiles Sostenibles y Circulares, la UE pretende, con el punto de mira en 2030:

(i) Que todos los productos textiles comercializados en la UE sean duraderos, reparables y reciclables;

(ii) Que “la moda rápida deje de estar de moda”;

(iii) Una mayor disponibilidad de los servicios de reutilización y reparación de prendas textiles; y

(iv) La consecución de un sector textil competitivo, resiliente e innovador que asuma sus responsabilidades a lo largo de su cadena de valor.

Etiquetas de autocertificación de sostenibilidad

La Propuesta de Directiva Greenwashing irrumpe en un momento en que diversas empresas de moda se han visto envueltas en la supuesta realización de prácticas de greenwashing. Una de estas prácticas, que podría llegar a constituir un acto de competencia desleal, es la utilización de etiquetas de autocertificación de sostenibilidad (es decir, aquella “certificación no basada en un sistema de certificación o la no instaurada por las autoridades”, tal y como señala la Comisión en la Propuesta de Directiva Greenwashing).

El Considerando 42 de la Propuesta de Directiva Greenwashing advierte que, de conformidad con la antes citada Propuesta de Directiva sobre empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica, constituirá una práctica comercial desleal “la exhibición de una etiqueta de sostenibilidad que no se base en un sistema de certificación o no haya sido establecida por las autoridades públicas”. De este modo, se prohíbe el uso de etiquetas de autocertificación cuando no se haya llevado a cabo una verificación, monitorización y supervisión periódica por parte de un tercero del cumplimiento con los requisitos para las etiquetas de sostenibilidad.

Manifestaciones genéricas e inexactas

Otra de las prácticas que se han detectado y denunciado en el pasado se focaliza en la realización de manifestaciones genéricas e inexactas sobre el uso de materiales reciclados y sostenibles en la producción de la totalidad de un producto, cuando, en realidad, el uso de dichos materiales tan solo afecta a una parte concreta de dicho producto (por ejemplo, se denunciaron campañas que promocionaban zapatillas deportivas fabricadas con un 50% de materiales reciclados, cuando tan solo un porcentaje de la parte superior de la lengüeta u otras partes del producto se fabricaban con dichos materiales). En este sentido, la Propuesta de Directiva Greenwashing (en concreto, en su artículo 3.1), exige especificar si la alegación medioambiental está relacionada con la totalidad, parte o determinados aspectos de un producto.

La industria de la moda será sin duda una de las más afectadas en la aplicación efectiva de las medidas para contrarrestar el greenwashing y cumplir con las normas europeas, pero su aplicación abrirá una multitud de oportunidades para aquellas empresas que se centren en ser más fiables y transparentes para con los consumidores y el mercado.

Raquel Alegre