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El pasado 11 de enero, la Comisión Europea lanzó una convocatoria pública para conocer cómo se ha aplicado el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), 6 años después de su entrada en vigor.

Para ello, la Comisión Europea invita a participar a todas las partes interesadas (sociedad civil, empresas privadas, organismos públicos, etc.) a presentar sus opiniones sobre todos los aspectos de la aplicación del RGPD. Las aportaciones pueden realizarse a través de un cuestionario o bien a través de la página web de la Comisión Europea.

Cabe recordar que de conformidad con el artículo 97 del Reglamento General de Protección de Datos, la Comisión Europea debe presentar al Parlamento Europeo y al Consejo un primer informe sobre la evaluación y revisión del Reglamento antes del 25 de mayo de 2020, seguido de informes cada 4 años. En cumplimiento de lo anterior, el primer informe de la Comisión Europea se adoptó el 24 de junio de 2020 (puede accederse al mismo a través de este enlace) y, el próximo informe está previsto para mediados de 2024.

Esta iniciativa pretende conocer si los objetivos perseguidos por el Reglamento General de Protección de datos se han cumplido, esto es, si tras 6 años desde la entrada en vigor de la normativa se ha conseguido (i) proteger los derechos y libertades fundamentales de las personas, en particular su derecho a la protección de sus datos personales; y (ii) permitir el libre flujo de datos personales y el desarrollo de la economía digital en todo el mercado interior.

En particular, el informe que presente la Comisión Europea debe analizar aspectos concretos como las transferencias internacionales de datos personales a terceros países (capítulo V del RGPD) y el mecanismo de cooperación y coherencia entre las autoridades nacionales de protección de datos (capítulo VII del RGPD).

En consonancia con el enfoque adoptado para el ejercicio de 2020, el informe proporcionará una evaluación general de la aplicación del RGPD más allá de los dos elementos enumerados en el artículo 97 del RGPD y actualizará el informe presentado de 2020, teniendo en cuenta cualquier novedad que se haya producido desde entonces.

Las aportaciones de los participantes en esta convocatoria complementarán las recogidas por el Grupo Multilateral del RGPD creado por la Comisión Europea. El informe también tendrá en cuenta la posición y las conclusiones del Consejo, la posible contribución del Parlamento Europeo, así como las aportaciones de las autoridades de protección de datos (a través del Consejo Europeo de Protección de Datos y las entrevistas realizadas por la Agencia de los Derechos Fundamentales con las distintas autoridades de protección de datos).

Como ya se ha señalado, el informe no abordará las cuestiones tratadas en la propuesta de Reglamento de la Comisión Europea sobre la aplicación del RGPD en casos transfronterizos (funcionamiento del capítulo VII del RGPD).

La convocatoria de la Comisión Europea está abierta hasta el 8 de febrero de 2024 por lo que animamos a todos los interesados a plantear todas aquellas cuestiones que sean de interés en relación con la aplicación del RGPD.

Desde este Blog permaneceremos atentos a las posibles novedades que surjan en la materia.

Pablo Tena