La Comisión Europea ha aprobado la Directiva Delegada (UE) 2023/2775, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al ajuste de los criterios de tamaño de las empresas o grupos de tamaño micro, pequeño, mediano y grande (Diario Oficial de la Unión Europea el 21 de diciembre de 2023).
La elevación de los referidos criterios entiende la Comisión, permitiría la reducción de las «cargas administrativas» y la exención de determinadas obligaciones de información a las sociedades de capital de la Unión que en nuestro país afectaría fundamentalmente a las sociedades de responsabilidad limitada.
NUEVOS UMBRALES
CATEGORÍA* |
NÚMERO MEDIO DE EMPLEADOS (NME) |
VOLUMEN DE NEGOCIO NETO (VNN) |
TOTAL BALANCE (TB |
GRANDE |
NME > 250 |
VNN > 50.000.000 € |
TB > 25.000.000 € |
PEQUEÑA, MEDIANA o MICROEMPRESA |
NME ≤ 250 |
VNN ≤ 50.000.000 € |
TB ≤ 25.000.000 € |
MEDIANA EMPRESA |
50 < NME ≤ 250 |
10.000.000 € < VNN ≤ 50.000.000 € |
5.000.000 € < TB ≤ 25.000.000 € |
PEQUEÑA EMPRESA |
10 < NME ≤ 50 |
900.000 € < VNN ≤ 10.000.000 € |
450.000 €< TB ≤ 5.000.000 € |
MICROEMPRESA |
NME ≤ 10 |
VNN ≤ 900.000 € |
TB ≤ 450.000 € |
* En función de si, en la fecha de cierre del balance, no se rebasen los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios señalados. Pequeña empresa: En la transposición de esta directiva los Estados miembros podrán definir umbrales que rebasen los indicados respecto a volumen de negocio y total balance. En todo caso, los umbrales no rebasarán los 7.500.000 € en el total del balance ni los 15.000.000 € en el volumen de negocios neto.
CATEGORÍA* |
NÚMERO MEDIO DE EMPLEADOS (NME) |
VOLUMEN DE NEGOCIO NETO (VNN) |
TOTAL BALANCE (TB) |
GRUPO GRANDE |
NME > 250 |
VNN > 50.000.000 € |
TB > 25.000.000 € |
GRUPO MEDIANO |
50 < NME ≤ 250 |
10.000.000 € < VNN ≤ 50.000.000 € |
5.000.000 € < TB ≤ 25.000.000 € |
GRUPO PEQUEÑO |
NME ≤ 50 |
VNN ≤ 10.000.000 € |
TB ≤ 5.000.000 € |
* En función de si, en la fecha de cierre del balance, no se rebasen los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios señalados. Pequeño grupo: En la transposición de esta directiva los Estados miembros podrán definir umbrales que rebasen los indicados respecto a volumen de negocio y total balance. En todo caso, los umbrales no rebasarán los 7.500.000 € en el total del balance ni los 15.000.000 € en el volumen de negocios neto.
El aumento de los umbrales cuantitativos en cada categoría de empresa tendrá tres principales consecuencias directas:
Regulación Española
En virtud del artículo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los Estados miembros están obligados a transponer a su ordenamiento jurídico interno todas las directivas aprobadas en el seno de la Unión. La fecha límite para que España de cumplimiento a lo establecido en la Directiva Delegada es el 24 de diciembre de 2024.
Para ello es necesario modificar, por un lado, el Código de Comercio y el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que contienen las disposiciones derivadas de la transposición de la Directiva 2013/34/UE y, por otro lado, la Ley de Auditoría de Cuentas, que incorpora esos mismos parámetros para definir las sociedades pequeñas y medianas a efectos de dicha ley, así como las disposiciones reglamentarias de desarrollo que se refieren a estos umbrales, en concreto, el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de PYMES y el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre.