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El Gobierno ha publicado una primera versión o borrador de la que será la Carta de Derechos Digitales (la “Carta”), preparada en conjunto con un grupo de expertos y sobre la que ya os hablamos en esta otra entrada de blog, junto con un documento introductorio.

Los resultados, principios y objetivos principales de la Carta fueron presentados en el pasado 17 de noviembre un evento online por el grupo de expertos que han colaborado en su redacción.

Con el objetivo de que la Carta cuente con el mayor consenso posible, el proceso de consulta pública pretende recibir contribuciones del conjunto de la ciudadanía. A tal fin, el plazo para realizar observaciones permanecerá abierto hasta el próximo 4 de diciembre de 2020.

Con base en el Título X de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018, de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales y la nueva “Ley de Teletrabajo”, la Carta persigue “equiparar y adaptar los derechos existentes en el mundo analógico al mundo digital”.

En este contexto, la Carta acoge, en ocasiones de forma ambigua y confusa, derechos tales como:

  • Derechos de libertad y protección de datos o privacidad, entre los que se incluyen la identidad, el pseudonimato o el derecho a no ser localizado o perfilado.
  • Derecho a la igualdad y no discriminación en el entorno digital, y la protección de grupos vulnerables (menores, mayores o personas con discapacidad).
  • Derecho a la neutralidad de Internet, libertad de expresión e información y derecho a la educación digital.
  • Derechos sobre el uso de dispositivos digitales en el entorno laboral.
  • Derechos relativos al desarrollo tecnológico y a la protección de la salud en el entorno digital (que vaya más allá de la “teleasistencia” o “telemedicina”).
  • Derechos ante la Inteligencia Artificial y la no discriminación de los algoritmos.
  • Derechos vinculados a las neurotecnologías.

Aunque la Carta no tiene carácter normativo, sí busca poder constituirse como un marco de referencia para los poderes públicos en relación con los retos en el entorno digital previstos por la Carta.

Ane Alonso Asociada
Adaya Esteban Asociada