El procedimiento de divorcio se puede realizar de dos formas, de mutuo acuerdo o judicialmente. Si se realiza de mutuo acuerdo, se aconseja igualmente acudir a juicio para plasmar el acuerdo entre los cónyuges, siendo un procedimiento más rápido y menos costoso. En cambio, si el divorcio se realiza de forma contenciosa, se debe de presentar demanda ante el Juzgado competente y será el Juez quien determine las cuestiones que se plantean entre los cónyuges. No obstante y tras la interposición de la demanda, siempre se puede llegar a un acuerdo durante el procedimiento e incluso el mismo día de celebración del juicio.
Asimismo, tanto si el divorcio se lleva a cabo de forma amistosa como contenciosa, se deberá determinar quien cubre los gastos ordinarios (gastos derivados de alimentación, ropa, estudios…) y extraordinarios (por ejemplo, ortodoncia) de los hijos menores de edad.
También se deberá determinar a quien se le atribuye el uso del domicilio familiar que habitualmente se concede a quien ostenta la guardia y custodia de los hijos menores de edad.
Para más información sobre el divorcio, accede al siguiente enlace: divorcio.
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